Cómo confirmar el borrador de la renta

por Carlos Lopez

Lo primero que necesitas para tramitar el borrador de la declaración de la renta 2015 es acceder a Renta Web en esta dirección (comprueba siempre que la dirección pertenece al dominio agenciatributaria.es para evitar fraudes).

Para poder acceder a es necesaria tu identificación, eso se puede hacer de tres maneras. A través del número de referencia, cl@ve PIN o certificado electrónico. Si no sabes cual usar, el más sencillo es el número de referencia ya que basta con tener a mano la declaración o el borrador de 2014.

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De todas las opciones que ves, elige la primera la que pone “Borrador/Declaracion (RentaWeb)”.

En este momento verás tus daros personales. Aquí debes aceptar o corregir los datos. Si estás casado para comprobar si la declaración conjunta es más favorable, debe introducir en esta pantalla el número de referencia del cónyuge. Una vez hayas comprobado que todos los datos están bien, dale a Aceptar (Abajo del todo)

La siguiente pantalla es la más peliaguda. Si el contribuyente ha desarrollado alguna actividad empresarial o profesional, y Hacienda tiene constancia de ello los rendimientos de éstas aparecerán en la siguiente pantalla. Si la web no te deja confirmar el borrador en este caso tendrás que utilizar el programa PADRE. En todo caso, aún tiene la opción de trasladar estos datos fiscales para incorporarlos a la declaración.

A continuación deberás completar y corregir los datos que tiene hacienda. Los llamados “datos negros” son aquellos de los que hacienda conoce perfectamente : rendimientos del trabajo o de cuentas bancarias. Los datos azules son aquellos de los que Hacienda tiene conocimiento limitado, por ejemplo hipotecas o ganancias patrimoniales.

Los datos rojos son aquellos de los que Hacienda no tiene información: alquileres o determinadas deducciones. El contribuyente, así, puede tener que cumplimentar determinada información, ya sea para cumplir con Hacienda (está obligado a declarar todos sus ingresos), ya sea para obtener determinadas reducciones o deducciones. Puede navegar a través de la declaración mediante las flechas del menú inferior o utilizar la opción “Mostrar Información”, para acceder cómodamente a los distintos apartados.

Una vez que hayas complementado y corregido todos los datos llega el momento de presentar la declaración, hay que andarse con cuidado porque a partir de aquí ya no podrás corregir nada. Una vez que el contribuyente está conforme con todos los datos puedes presentar directamente la declaración a través del menú de la parte superior del resumen. En el momento de la presentación se puede modificar el número de cuenta IBAN para domiciliar el pago o el cobro del resultado, en el llamado Documento de Ingreso o Devolución.

 

11 comentarios

Javierin 7 abril 2016 - 11:59 AM

Lo mejor es entrar en la página cuando juega el Madrid o el Barsa… Así te aseguras que no hay nadie entrando.

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fernando 7 abril 2016 - 12:01 PM

Mucho cuidado al final de la declaración, a mi me pasó ayer. Una vez comprobados todos los datos en la modalidad de declaración conjunta, en la última hoja, justo antes de firmar y enviar, repaso todo de nuevo y todo correcto, con la cantidad correcta a devolver en declaración conjunta. Firmo y envio y al descargarme el justificante, veo que me ha hecho la declaración individual, evidentemente la cantidad a devolver no es la misma.

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pregunta 7 abril 2016 - 1:42 PM

fernando,

entonces es un error del programa? o que se te olvidó poner la opcion conjunta?

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Roberto 7 abril 2016 - 1:46 PM

#2 Fernando: A mi me ha pasado exactamente lo mismo (y te puedo asegurar que soy bastante quisquilloso antes de dar un “Aceptar”. De echo, me quedé hasta muy tarde e hice varias simulaciones y vi que era un bug de la página (seleccionas confirmar la conjunta y te carga los datos de la individual). Es inaceptable que una aplicación, encima de Hacienda, que va a ser utilizada por todo un país, salga sin un mínimo de calidad.

Les he llamado esta mañana y me han dicho que están teniendo muchísimos problemas con la presentación de declaraciones conjuntas. Lógicamente, en la mayoría de los casos, la diferencia a devolver es abismal, entre la conjunta y la individual, lo cual si no te das cuenta, va a su favor…

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fran 7 abril 2016 - 7:34 PM

a mi me paso exactamente lo mismo!! tras todo el dia intentando hacerla, lo cual fue imposible porque estaba totalmente colgada la pagina, por la noche me puse a hacerlo y tras varias simulaciones, lo mismo, le doy a conjunta y me la hizo individual!!!
Sabeis si hay manera posible de arreglarlo y como???Porque no me fio un pelo de que vayan a ayudarme en hacienda…. a ellos les da lo mismo si te devuelven 100 que 1300, pero a mi y a mi familia no!!!!
Vergonzoso

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Roberto 7 abril 2016 - 9:30 PM

#5, fran… Pues me temo que nos va a tocar hacer una sustituria, y esas se hacen con el Padre a hay que presentarlas impresas… vamos, que en vez de ahorrar tiempo nos están haciendo la puñeta y nos va a tocar hacer varios viajes a la delegación de hacienda mas próxima….

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490 7 abril 2016 - 10:25 PM

vaya miieeeeerrrrdaaaaaa

el pin24 ya no me funciona porque cambie de movil y es imposible entrar para modificarlo…..

A mi mujer tampoco ha podido hacer nada ya que su casilla 490 esta en blanco y le da error…..

VERGONZOSOOOOOOOOO

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Cetek 7 abril 2016 - 11:23 PM

Eso os pasa por querer cobrar tan rápidamente. SI fuera para pagar seguro q esperabais al último dia

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Anónimo 8 abril 2016 - 12:17 AM

declaraciones modificadas y enviadas, esperemos ahora al ingreso… seguro que tardan…

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anoimo 8 abril 2016 - 12:31 AM

pues a mi no mdeja poner el iban me da error

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white 8 abril 2016 - 8:46 PM

Estimado Cetek.
Yo probablemente la dejaré para el último día por dejadez, pero no entiendo tu comentario.
En primer lugar no es cobrar, sino devolver (lo que nos han cobrado de más); y en segundo lugar no es rápidamente, sino supertarde; ya que ese dinero que hemos pagado de más nos lo van a devolver entre 6 y 18 meses después de abonarlo.
Saludos

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