La página web de la Seguridad Social, nos da una definición bastante clarificadora sobre qué es la pensión por incapacidad permanente:
Prestación económica que, en su modalidad contributiva, trata de cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales que sufre una persona, cuando estando afectada por un proceso patológico o traumático derivado de una enfermedad o accidente, ve reducida o anulada su capacidad laboral de forma presumiblemente definitiva.
Los distintos grados de incapacidad permanente, se clasifican según la intensidad y características de las lesiones y/o enfermedades, ya que, el factor más importante en la solicitud de una incapacidad permanente, es la limitación que ésta nos provoca en nuestro trabajo habitual. Los grados son:
Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual: Aquella que, sin alcanzar el grado de total, ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para dicha profesión, sin impedirle la realización de las tareas fundamentales de la misma.
Incapacidad permanente total para la profesión habitual: La que inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de dicha profesión, siempre que pueda dedicarse a otra distinta.
Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo: La que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio.
Gran invalidez: La situación del trabajador afecto de incapacidad permanente y que, por consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesite la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos.
Cada uno de estos grados dará derecho, a la correspondiente prestación económica por incapacidad permanente.
En general, podemos que decir que la cuantía de la pensión, viene determinada por la base reguladora y el porcentaje según el grado de incapacidad permanente reconocido.
Así, por Incapacidad Permanente Parcial, la cuantía de la indemnización es igual a 24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo del subsidio de incapacidad temporal del que se deriva la incapacidad permanente. En los supuestos en que no existiera incapacidad temporal previa, por carecer de tal protección el beneficiario, se tomará como base reguladora la que hubiera correspondido por incapacidad temporal, de haber tenido derecho a dicha prestación.
En el caso de la Incapacidad Permanente Total, la cuantía de la pensión se obtiene de aplicar un porcentaje a la base reguladora que corresponda, según la causa que origine la incapacidad. Si deriva de enfermedad común, la cuantía de la pensión no podrá resultar inferior al 55% de la base mínima de cotización para mayores de 18 años, en términos anuales, vigente en cada momento. La regla general es el 55% de la base reguladora. Dicho porcentaje puede incrementarse en un 20% más para los mayores de 55 años cuando, por su falta de preparación general o especializada y circunstancias sociales y laborales del lugar de residencia, se presuma la dificultad de obtener empleo en actividad distinta de la habitual.
Para el caso de Incapacidad Permanente Absoluta, la cuantía se obtiene aplicando el 100% a la base reguladora
Para la Gran Invalidez, la cuantía de la pensión estará formada por el importe de la pensión que corresponda por incapacidad permanente (total o absoluta), incrementada con un complemento destinado a remunerar a la persona que atienda al beneficiario.
Corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social, a través de los órganos correspondientes y en todas las fases del procedimiento (cualquiera que sea la Entidad gestora o colaboradora que cubra la contingencia de que se trate), evaluar, calificar y revisar la incapacidad y reconocer el derecho a las prestaciones económicas contributivas de la Seguridad Social por incapacidad permanente, en sus distintos grados, así como determinar las contingencias causantes de la misma.
La pensión puede extinguirse: por revisión de la incapacidad, por reconocimiento de la pensión de jubilación cuando se opte por esta pensión o por fallecimiento del pensionista.
24 comentarios
Se estuvieron dando bajas por incapacidad con mucha facilidad. Ahora lo han reducido tanto que aún en casos evidentes la niegan.
# 1, esther
Totalmente de acuerdo. Lo he vivido dentro de mi propia familia y me parece muy injusto. Creo que deberían hacer revisiones a esas pensiones.
Si vamos de esta forma llegaremos a la práctica privatización de la sanidad, con la falta de prestaciones sociales, poco a poco lo vamos padeciendo.
Yo, no es que vea bien estas prestaciones , es que las veo más que necesarias, eso sí, siempre que se ajusten a la realidad y que de verdad alguien se las merezca, pero en los últimos años aquí, todo Kiski a intentado vivir en mayor o en menor medida de estas y otras ayudas del estado, falseando documentos, metiendo a amiguetes que tenemos en la sanidad tipo médicos, y más y más y más que todo el mundo sabe ( ahora me acuerdo del caso de la madre de la mujer de jesulín de Ubrique…vamos, una verdadera verguenza nacional. Y ahora que pasa, que la administración está reacia a dar estas ayudas a la gente que de verdad las necesita, simplemente por el EGOÍSMO ESPAÑOL, la envidia y muchísimas cosas más ( lo de envidia es relativo, porque ojalá nadie tubiese que recibir estas ayudas del estado, sería cuanto menos que está sana,), pues lo dicho, que el egóísmos, lo “listos que somos” para buscarnos la vida sin trabajar pero sin perder el nivel de vida y mchísimas cosas más.
Adión y buenas noches a todos ( los que se lo merezcan, claro).
# 4, Anónimo
Yo, si pudiera, también cobraría todas las prestaciones que pudiera y… a vivir la vida!! Creo firmemente que son necesarias, pero para quien realmente lo sean. Si revisaran a quien se las están dando, seguro que no se las darían ni a la mitad!!
sinceramente ahi q hacer una revision en las pensiones, pq luego manejan tdo a sus convenencias y aqui el sale perdiendo como todo el tiempo es el trabajador y por eso estamos como estamos de jodidos
en mi caso me han dado una invalidez permanente total la cuantia es minima, no me permiten trabajar en lo que yo trabajaba pero si en otros trabajos, pero no se en cuales pues mi preparacion no llega para otras cosas, asi que haber como vivo con una niña y teniendo que pagar casa con 384 euros,creo que de verdad tendrian que tener en cuenta las circustancias personales, no todo el mundo vamos a engañar
Con una Incapacidad Permanente Total para el desempeño de lo que fue mi profesion habitual, administrativo, me inhabilita para trabajar, casi com distraccion, en una pequeña explotacion familiar de frutales de la que se obtiene una pequeñisima renta.
Lo que no es justo es,que en chiclana de la frontera,hay muchos ciudadanos cobrando pensiones de la seguridad social porque han tenido la posibilidad de alquirirla de una forma ilegal,solo porque tienen buenas relaciones politicas,eso no es justo y se debe citar a todos esos señores nuevamente a la comisiòn e investigar correctamente el motivo de la misma,son personas que tienen buen nivel social y siempre han tenido buenos puestos de trabajos,se debe de hacer justicia correctamente y no por influencìas.Espero se me escuche y se haga algo para acabar ya de una vez con todos estos beneficiados de pagas de la seguridad social que les pertenecen realmente a otros enfermos,que realmente la necesitan.
desde luego q hay millones de personas q cobran por la cara estas penciones ,aprobechandose de las personas q verdaderamente las nesesitan y no se las dan.Son personas egoistas y sin esculpulos.un saludo y luchar si sois personas q la nesecitais como enfermos .y a la seguridad social q rebise las penciones de aquellas personas q viven con ellas sin q sea verdad q las nesesitan.
No sabes ni escribir correctamente. Vaya montón de faltas.
hola esto ante un caso que me ha dejado indignada conozco una señora llamada beatrice que tiene una pension de invalidez con tres pisos desde el 2009 y ella se la pasa todo el dia de farandula tomando cafe y tomando copas en la noche con sus amigos y encima pidiendo plaza de parking privado y ademas es francesa vamos asi no me extraña que el pais este como este
buenas soy una chica de 41año me an dicho que tengo en el codo unproblema cronico y que ya no puedo hacer esfuerso ni cojer peso en el trabajo ni en la vida habitual . en mi trabajo suelo tener y hacer todo lo que me an dicho que no puedo hacer , entonces no podria segir en mi trabajo , puedo cojer una baja con una incapacidad permanente ,para trabajar en otracosa m si algien puede decirme algo o explicarme algo gracias
ALGUIEN POR FAVOR ME PUEDE AYUDAR,LA ASISTENTE SOCIAL ME DICE UNA COSA Y UN ABOGADO OTRA,YO SOY DISCAPACITADA ABSOLUTA”QUE REALMENTE NO SE BIEN LO QUE ES”DEL AÑO 2002 AL AÑO 2007″YO TENIA BUEN TRABAJO,PEDI 2 PRESTAMOS PARA UNA CASA–EL BOOM DE VIVIENDAS–Y OTROS PARA PERSONAS QUE DECIAN QUE ERAN AMIGAS MIAS….AHORA YA NO TENGO LA VIVIENDA,ME LA QUITO EL BANCO,YA ME HAN EMBARGADO POR UNA VEZ LA PENSION 80€,SEGUN EL ABOGADO NO ME PUEDEN TOCAR MAS,SEGUN LA ASISTENTE SI.QUE ME PUEDE PASAR,ADEMAS E RECIBIDO UNA CARTA DEL JUZGADO 95 QUE ME DICE QUE ANTES DEL DIA 22 TENGO QUE ENTREGAR UNA RELACION DE LO QUE TENGO Y DE LO QUE DEBO A BANCOS.AYUDA POR FAVOR,ME VEO MUY MAL.GRACIAS
Tengo 43 Años he sido un deportista de elite y trabajando durante 24 años en una profesión que adoraba, si me ves nunca dirías que merezco la P. POR INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA PARA TODO TRABAJO, yo un millón de veces preferiría trabajar, era más feliz, pero ahora no podría, pues ocurrían cosas que se escaparían a mi control, pues llevo tanto odio por el daño que me han hecho, que en fin…., a veces me siento mal cobrando la PENSION, viendo gente a la cual físicamente están peor, pero volveré a mi trabajo, para acabar HE APRENDIDO A NO JUZGAR, PUES ME BURLABA DE LAS DEPRESIONES Y AHORA SE LO QUE ES. Si se tiene ética en este tipo de cosas no se debe mentir jamás, pues hundes a otros.
ola quiero saber si me an aprbado la encapacidad adsuluta esta resgistrada desde el dia 10/08/2014 alas 9,15 horas de la mañana
ola quiero saber si me an concidido la encapacidad adsuluta y esta resguistrada desde el dia 10/08/2014 alas 9,15 horas de la mañana mis telefonos son 722337413/605094060 gracias le saludad atentamente pablo
mi pregunta es para el 20 de agosto 2015 cumplo 55 y yo quisiera saber si puedo jubilarme a esta edad pues tengo la invalide permanente definitiva y si puedo cuanto cobraria mas o menos de lo que cobro ahora pues ahora cobro 589euros y si pido la jubilacion anticipada que cobraria es lo que quiero que me digan por favor.muchas gracias -espero que me lo digan
Hola a todos…quisiera que me aclararais una duda que tengo. Tengo una incapacidad total permanente, cuando se m concedio trababajaba como peon metalurgico. Ahora m han ofrecido un trabajo como montadora montajes electronicos, creo k sector metal, pero es intrabajo donde no tengo que coger pesos. me podrian quitar la pension si es unt rabajo donde no se cogen pesos y puedo hacer cambios posturales?. Tengo artritis reumatoide. Gracias de antemano.
Hola sufro una neuralgia del trigemino atipica me operaron pero sigo estando igual con los dolores y las crisis por lo cual me dieron la absoluta para cualquier tipo de trabajo tengo una duda si pudiera trabajar en algo la pension es muy baja tengo 35 años alguien me puede dar informacion tomo muchos medicamentos diarios y morfina i tal gracias espero respuesta
Todos estos de la SS son unos sinvergüenzas, porque vas ha pasar el tribunal con todos tus certificados médicos de lo que padece por ejemplo depresion durante 22 años y muchas cosas más y ni siquiera te miran y con los pepe les van derechos a la basura,porque yo he intentado pasarla trs veces y a los Dow días me viene la carta como me la han denegado y no miran a todos estos ladrones del gobierno que se llevan los millones como pipas algunos van a la cárcel no como otro preso cualquiera,y cuando salen el dinerito lo tienen bien guardado.c
UNA ENFERMA CABREADO CON EL MUNDO
Hola a todos,
Creo que mucha gente habla de lo que no conoce, como siempre pasa desgraciadamente…Tener un trasplante renal, despúes de años de diálisis y que luego te deneguen una pensión mínima, es más bien lo que pasa hoy en día. No creo que hayan millones de personas cobrando pensiones por motivos injustificados. Eso es simplement imposible!!!
Por favor recapacitad, y pensad.
Gracias
Hola tengo el ojo izquierdo totalmente ciego no veio nada pero el ojo derecho con 15.50 de miopía puedo pedir una pensión
Pues a mí me han concedido la incapacidad permanente, no sé cuál todavía, pero tengo un 70%de minusvalía física y 51 años( no creo que consiga ya ningún tipo de trabajo a pesar de mi gran preparación académica que abarca licenciatura, idiomas, másteres…En realidad cuando sufrí el terrible derrame cerebral que me dejó con dicha discapacidad, perdí mi interinidad de profe en el insti.No tuve derecho a ningún tipo de prestación por estar casada y tener mi marido una nómina. Aún así continué buscando trabajo hasta conseguir uno de monitora de teatro de 400E/ mes. he trabajado en colegios durante 8 años, dependiendo de otros para que me llevaran en coche al trabajo y desplazándome torpemente por los centros. Hasta que ya la deformidad del pie no me dejaba andar y tuve que operarme por lo privado con mis pocos ahorros( la SS solo me recomendaba férulas que no me servían.Esta es mi historia para que la lean los que piensan que somos unos carasduras y unos vagos.