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# 1Anónimo

7 de febrero de 2012, a las 7:36

Medidas legales contra los desahucios

El banco  embarga la vivienda familiar y dependiendo del precio que dicho banco consiga en la subasta, el embargado sigue debiendo lo que el banco “cree oportuno” y de por vida. Cuando las subastas quedan vacías (que es lo que está pasando como norma) el banco se queda con la propiedad a menos del 50% de su valor. Continuando con el reclamo del 100% al embargado y pudiendo revender esa propiedad por el precio que ellos estimen oportuno con un 50% de margen……. Una gran estafa vaya.

Hoy os vamos a explicar un “modelo legal”, que un banco no te va a contar, pero nosotros si que lo vamos a hacer….

Método por el cual, se pierde de igual manera la “propiedad”, pero, no te pueden echar de tu casa……

En cuanto una persona ve que no va a poder pagar su casa, automáticamente le hace un contrato de alquiler a su mujer/suegra/hijo/hermano o a quién se pueda, por el valor de 1€, 5€ o 10€, con una duración “indefinida”/50 años,
100 años. Cantidad únicamente simbólica. El contrato debe estar a nombre de alguien que no figure en la hipoteca. El contrato debe estar pasado por el registro de la propiedad.

En el momento del embargo, la propiedad figura en el registro a nombre del hipotecado, pero figura como una propiedad con inquilinos.

Resultado del embargo, la “titularidad de la propiedad” cambia, a nombre del banco. El domicilio continúa teniendo inquilinos. Con esta maniobra, perderíamos la propiedad, continuaríamos debiendo la hipoteca, pero, tendremos que pagar a nuestro nuevo “casero” por nuestro expiso 10€ al mes y de por
vida…… Ya que ellos, no dan soluciones, nosotros las buscamos…….. Aquí teneis un gran arma, cuando “legalmente” no pueda seguir usándose, buscaremos más. Medidas de guerra para un tiempo de guerra…..

Carlos Lopez

Redactor de Euribor.com.es. Escribiendo desde el 2006 sobre el Euribor, economía, finanzas, bolsa, hipotecas y ahorro

Ver comentarios

  • Los contratos de alquiler de vivienda tienen una duracion maxima de 5 años.

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  • Miguel, el contrato tipo que se ofrece para no engancharte con ningún inquilino tiene una duración máxima de 5 años,prorrogable a diez año a año, pero no es el único contrato existente.

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  • Hola Anónimo.

    El artículo 1.505 del Código Civil establece que los alquileres no pueden hacerse “por mayor tiempo que el de diez años”. En el mismo párrafo aclara que, de haber un plazo mayor, “quedará concluido a los diez años”.

      

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  • En cuanto alguien se de cuenta que el titular del contrato es un familiar o una persona interpuesta por parte del propietario de la vivienda, el juez dictaminará que es un artificio para eludir el deshaucio, con las pertinentes consecuencias.

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  • Increíble que ese haya sido el comentario del día...

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  • Cuando yo tenia 26 hace 14 años fui a mirar un piso y valía 19 millones de pesetas, había que poner por adelantado 4 millones de pesetas y me hacían una hipoteca a 15 años de 150 mil pesetas, siendo mi sueldo en aquella época 142 mil pesetas, echad cuantas si era barato. Mi pregunta es porque tenemos tantos males endémicos gobierne quien gobierne y se hagan las leyes que se hagan.

    Pisos en España…Siempre por las nueves desde que tengo uso de razón con precios completamente irreales en comparación con  los sueldos y la capacidad del obrero medio. Da igual que seamos el país con mas pisos por habitante del mundo y con mayor numero de propietarios, da igual que los bancos no den créditos, da igual que los sueldos sean ridículos y solo trabajen cuatro gatos, da igual que en mi plaza haya 15 locales cerrados desde hace años que voy a preguntar por el alquiler de un local de 80m2 y me piden 600 euros y cuando le dije que por 450 lo alquilaría me dijo que prefería esperar y que 550 se lo pensaría de eso hace 3 años y todavía está el cartel de “Se alquila”  y comprar uno de esos locales por menos de 150mil ya puedes olvidarte y estamos hablando de una zona donde no pasa ni dios.
    Paro en España…Siempre el doble o triple que en Europa desde que tenia 16 años y eso que en aquella época no había inmigrantes pero el paro del 20% era moneda común.
    Sueldos en España..Siempre he tenido sueldos de mierda en trabajos de mierda en este país se paga mal a los obreros de siempre y digo obreros refiriéndome al que curra sea peón o ingeniero porque después hay auténticos suéldalos que esos si han sido siempre europeos de gente que no se sabe bien ni que hacen.
    Inflación..Desbocada siempre, raro es el año desde que nací que algo no sube un 5% eso si no sube un 20% de golpe cuando menos te lo esperas.
    Ahora es diferente…DIFERENTE EN QUE?.

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  • Me parece una buena solución la de alquilar el piso antes de que desahucien. Aunque sean 5 ó 10 años, da igual, dinero que nos ahorramos.
    Basta ya de que siempre se aprovechen de los mismos. 

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  • 6, no estara incluido tampoco los mov. de tierras, los cimientos ni los muros de contención ni perimetrales. Pero evidentemente queda recorrido de bajada.

    Y una muy buena solución seria que los ay-untamientos ALQUILASEN SUELO, en vez de venderlo.  Eso si que animaria el sector de la vivienda, bajando precios y reanimando la economia. Imagiante poder hacerte una casa por 100.000 €.

    5, Mrc, totalmente de acuerdo, se ha votado con "las tripas". 

    7, ¿hace 14 años 19 milllones? ¿qué te miraste una palacete en Pedralbes? Y 142.000 pelas hace 14 años era un buen sueldo, no jo.damos. Y si, los locales cerrados y por las nubes, que me esperen sentado............

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  • Anónimo: 
    Revisa tu escritura de hipoteca. En la mía (con Caja Madrid en 2004) establece que si arriendo la vivienda hipotecada debo avisar previamente a la entidad y que esta tiene derecho a impugnar el alquiler.  
    Ojalá no tenga esa cláusula alguien que esté embargado y pueda por lo menos tener un techo.  

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