El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este jueves que la legislación española sobre desahucios vulnera la normativa comunitaria porque no garantiza a los ciudadanos una protección suficiente frente a cláusulas abusivas en las hipotecas.
La legislación española no permite paralizar un desahucio invocando cláusulas abusivas en las hipotecas, sino que esta cuestión debe ventilarse en otro juicio una vez que ya se ha ejecutado la expulsión.
La sentencia del Tribunal de Luxemburgo responde a una cuestión presentada por el juzgado mercantil de Barcelona, que debe dirimir una denuncia presentada por un ciudadano contra CatalunyaCaixa, que forzó su expulsión de la vivienda que ocupaba en enero de 2011 por impago de la hipoteca.
El ciudadano en cuestión solicita que se declare nula una de las cláusulas del préstamo hipotecario y que, en consecuencia, el procedimiento judicial de ejecución hipotecaria sea considerado también nulo.
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Hola ¿Qué tal? Yo bien, gracias por preguntar. Bueno, realmente no preguntáis nunca y hoy…
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Por fin justicia y sentido común se unen
Sentido común y justicia? Y cómo ves tu que en mi trabajo hayan varias personas extranjeras con piso propio en España el cual no pagan desde hace más de un año y tengan ya dos pisos en Marruecos y otro en construcción y lo van largando x el trabajo? En cuanto cobran los 1500 euros lo sacan de golpe. Lo ves justo? Lo ves de justicia que no puedan desahuciarlo por tener hijos menores de edad?
Esa gente si, 2, pero hay otra a la que no se la puede dejar en la calle, lo veas como lo veas
Muy bien 1!
Anónimooooo, que vinagre eres !!
Me da que mienteeeees y exageraaaas.
Hablamos de que todos estemos mejor, no todos peor.
La justicia y el sentido común no existen. Que no te enteraaaaas !!
Venga, chaval, cambiemos de actitud.
Un saludete.
Anónimo eres un bodegas
Los nuevos hipotecads lo van a tener crudo, primero para firmar la hipoteca y segundo por las condiciones de la misma. NO me gustaría estar en el pellejo de pedir a día de hoy 100.000 euros, si esta sentencia se aplica ya.....
Que se preparen para euribor + lo que se le antoje al jop...ta banquero....
Compromisos de fidelización peores que un mal matrimonio, etc....
Que dios nos coja confesados.
Porque esto es una de cal y otra de arena.
para 2
Eso que dices es mas dificl creerlo que averiguarlo
para # 6
Ese argumento me suena a " que viene el lobo". Entodo europa no hay una ley tan nefasta para el particular como en España, en EEUU la dación en pago es norma lo mismo que ocurre en muchos otros paises, y el mercado hipotecario funciona, es cierto que igual de mal que en España, pero funciona. Se da la circustancia que los bancos en españa ya estan endureciendo el mercado, el diferencial ya es muy alro , >4 puntos sobre euribor, los compromisos de fidelización ( nomina, recibos, tarjetas, serguros etc.. )son casi feudales y aun asi estan limitando las concesiones a sus propios pisos.
Resumiendo ya tenemos la de arena solo necesitamos la de cal que parace que es la parte buena del refran
saludos
para 6
Eso que dices verás que no va a ocurrir así.
Miren, esta sentencia no hace sino dar pábulo a EXCUSAS DE MAL PAGADOR y tácticas dilatorias jurídicas.
La idea es la siguiente:
-Pido un préstamo para mi casa, lo pago mientras puedo sin preocuparme de lo abusivo o no de las cláusulas durante x años, hasta que un día no puedo pagar.
-Durante año y medio o dos años continúo viviendo en la casa sin pagar la hipoteca (porque no puedo, o por lo que sea) hasta que al fin me la ejecutan y la casa DEJA DE SER MÍA. En todo ese tiempo, tampoco me ha preocupado si las cláusulas eran abusivas o no
-El día que me llega el aviso de desalojo, se me ocurre que si denuncio alguna cláusula como abusiva (lo sea o no), gracias a esta sentencia, hasta que no se dirima en OTRO JUICIO (que durará lo que dure) si la cláusula es abusiva o no, el lanzamiento se paraliza y puedo seguir viviendo en la casa que YA NO ES MÍA
-Supuesto el caso de que la cláusula en cuestión resultara se abusiva, además, se anularía la ejecución hipotecaria (aunque la deuda se quedaría igual, cuidado) y todo lo más se recalcularía el resultado suprimiendo la cláusula abusiva en cuestión. Porque ESO ES LO ÚNICO QUE PASA si una cláusula es abusiva: que se tiene por no escrita y se devuelve lo cobrado de más debido a esa cláusula. Si no he podido pagar en los 2 años hasta la ejecución, ni en los 2 años hasta que sale la sentencia sobre la cláusula, no parece que de la nada vaya a aparecer dinero para rehabilitar el préstamo.
-Gracias a que la ejecución hipotecaria se ha anulado (si es que se anula, que una cosa es que tú digas que una cláusula es abusiva, y otra cosa es que lo diga un juez), el deudor "reinicia" el contador al tener que ponerse en marcha una nueva ejecución, obteniendo otros 2 años más de vivir en una casa que NO ERA SUYA, pero cuya propiedad ha recuperado temporalmente merced a la anulación de la ejecución anterior. Propiedad que voverá a perder cuando se vuelva a ejecutar la hipoteca, por cierto, con DOBLES O TRIPLES COSTAS JUDICIALES, las de la primera ejecución, las del juicio por cláusula abusiva (estas igual el juez se las carga al banco, según lo flagrante de la abusividad), y las de la segunda ejecución.
CONCLUSIÓN: Todo eso sólo sirve para RETRASAR el desalojo otros 2 o 4 añitos, a riesgo de engordar la deuda sensiblemente (que los intereses, de demora o de no demora, siguen corriendo en tu contra mientras que sí o mientras que no). Claro que eso no importa si de todos modos la deuda no la pensabas pagar.