El Gobierno exigirá una carrera mínima de 35 años de cotización para acceder a la jubilación anticipada voluntaria y 33 años cotizados en el caso de la jubilación anticipada forzosa y también en la jubilación parcial. También ha elevado la edad para acceder a estas modalidades, en consonancia con la última reforma de pensiones.
Éstas son algunas de las medidas aprobadas este viernes por el Gobierno a través de un Real Decreto-ley con el que, en general, endurece las condiciones de acceso a la jubilación anticipada y parcial, rebaja los costes de las empresas en los despidos colectivos que incluyan pocos trabajadores de 50 años, y permite combinar salario y pensión, con independencia de la jornada laboral, a todos los trabajadores, excepto a los funcionarios.
El Real Decreto-ley, que lleva por título ‘Medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo’, pretende ‘poner cerco’ a las jubilaciones anticipadas actuando sobre la edad de acceso, los años de cotización exigidos y los coeficientes reductores que se aplicarán a la pensión por cada año de adelanto a la edad legal de jubilación.
En concreto, y en lo que respecta a la jubilación anticipada de carácter voluntario, se eleva a 35 años el periodo mínimo de cotización exigido para acceder a esta figura, a la que podrán acogerse los trabajadores de todos los regímenes, siempre que la pensión resultante supere la pensión mínima que le correspondería al interesado por su situación familiar al cumplir los 65 años.
Además, la edad para acceder a la jubilación anticipada voluntaria se establece en dos años antes de la edad legal, es decir, 63 años y un mes para 2013, que se irá incrementándose manera progresiva, hasta alcanzar los 65 años en 2027, año en el que la edad legal de retiro alcanzará los 67 años en virtud de la última reforma de pensiones, en vigor desde el pasado 1 de enero.
Los coeficientes reductores sobre la pensión para aquellos que, cumpliendo los requisitos anteriores, se jubilen anticipadamente de manera voluntaria serán del 8% con hasta 38 años y seis meses cotizados; del 7,5% para quienes hayan cotizado entre 38 años y seis meses y menos de 41 años y seis meses; del 6,8% para los que estén entre 41 años y seis meses cotizados y menos de 44 años y seis meses, y del 6,5% para quienes hayan cotizado igual o más de 44 años y seis meses.
En el caso de la jubilación anticipada forzosa, la norma la establece cuatro años antes de la edad legal, de tal forma que, una vez que entre en vigor, la edad de acceso será en 2013 de 61 años y un mes, y subirá gradualmente año tras año hasta alcanzar los 63 años en 2027.
El periodo mínimo de cotización exigido para acceder a la jubilación parcial pasará de 30 a 33 años y para poder acogerse a esta modalidad se exigirá ser demandante de empleo al menos seis meses de la solicitud, tras un despido colectivo o un despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción; una resolución judicial conforme a la Ley concursal; fuerza mayor; muerte o jubilación del empresario, y violencia de género.
Los coeficientes reductores que se aplicarán sobre la pensión serán, por cada año de adelanto respecto a la edad legal, del 6% para los que hayan cotizado más de 44,6 años; del 6,5% para entre 41,6 y 44,5 años cotizados; del 7% para entre 38,6 y 41,5 años cotizados, y del 7,5% para 38,5 años cotizados o menos.
En el caso de la jubilación parcial, la edad de acceso se sitúa en dos años con respecto a la edad legal, es decir, 63,1 meses en 2013 y 65 años en 2027. Los años de cotización mínimos necesarios para acogerse a esta modalidad serán 33 (en caso de personas con discapacidad serán 25 años) y se exigirá también al interesado una antigüedad de seis años en la empresa.
Los jubilados parciales verán reducida su jornada entre un 25% y un 50% o incluso hasta un 75% si el trabajador relevista está contratado a tiempo completo y de manera indefinida. El relevista tendrá que estar en el paro, o ser trabajador de la misma empresa con un contrato limitado, o socio trabajador de una cooperativa o de trabajo asimilados en el caso de trabajadores por cuenta ajena.
Entre la base de cotización del jubilado parcial y el trabajador que le releva deberá existir una equivalencia del 65% y el contrato del relevista tendrá que durar hasta el jubilado parcial alcance la edad legal de jubilación vigente en cada momento. Si el relevista tiene contrato indefinido, la norma dice que se añadirán dos años más. Ambos trabajadores cotizarán por el 100% de la jornada (50% en 2013, con subidas anuales del 5%).
Una de las novedades del decreto es la posibilidad de compatibilizar el trabajo por cuenta propia o ajena, ya sea a jornada completa o a tiempo parcial, con el cobro de una pensión de jubilación ordinaria o demorada. Esta opción, que el Gobierno denomina ‘pensionista activo’, no será posible en el caso de jubilaciones anticipadas o bonificadas por trabajos penosos o tóxicos.
Hasta ahora, la posibilidad de compatibilizar trabajo y pensión sólo existía para los asalariados a tiempo parcial y para los autónomos con ingresos no superiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Para poder simultanear salario y pensión, se exigirá haber cumplido la edad ordinaria de jubilación, aunque quedan excluidos aquellos que tengan derecho a la pensión completa.
La persona que opte por esta modalidad cobrará del 50% de la pensión que le corresponda –importe de reconocimiento inicial y de las revalorizaciones sin incluir complementos a mínimos–. Una vez que el contrato acabe y el trabajador decida jubilarse de modo definitivo percibirá el 100% de la pensión más el complemento a mínimo al que tuviera derecho.
En el caso de la cotización, empresa y trabajador-pensionista cotizarán sólo por Incapacidad Temporal (IT) y contingencias profesionales, si bien aportarán una ‘cuota de solidaridad’ al sistema, no computable para prestaciones, del 8%, de la que el 6% correrá a cargo de la empresa y el 2%, del ‘pensionista activo’.
Por otro lado, el decreto introduce cambios en el capítulo de las aportaciones al Tesoro que tienen que realizar las empresas o grupos de más de 100 trabajadores que incluyan a mayores de 50 años en despidos colectivos, la llamada ‘Enmienda Telefónica’, a los que tiene que costear el desempleo y las cotizaciones.
El cambio consiste en que ahora las aportaciones deberán realizarse exclusivamente cuando exista “discriminación por razón de la edad en los despidos”, es decir, en la medida en que “el porcentaje de trabajadores de más de 50 años incluidos en el despido colectivo sea superior al peso de ese colectivo en la plantilla de la empresa”.
Asimismo, a partir de ahora, además de las empresas que hayan obtenido beneficios en los dos ejercicios anteriores al despido colectivo, quedarán incluidas aquellas que obtengan beneficios en al menos dos ejercicios económicos consecutivos, dentro del periodo comprendido entre el ejercicio económico anterior al despido colectivo y los cuatro ejercicios económicos posteriores a esa fecha.
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Ver comentarios
quien va a tener cotizados 35 años?..... los empleados publicos y pocos mas.
Los empleados públicos que hayan sacado una oposición antes de tener 30 años, no??, de todas formas Indignado si piensas así prepárate unas oposiciones y haber si las sacas y dejas de hacer comentarios absurdos. Aquí a este ritmo nadie tendrá 35 años cotizados, pero la verdadera vergüenza es que los políticos les basta con cotizar 7.
Esto debería aplicarse con carácter retroactivo,no hay derecho a que los que llevamos un montón de años trabajando y hemos estado cotizando para que otros se hayan jubilado con 50 años,cuando podíamos acceder a jubilarnos un poco antes endurezcan las normas y aumenten los coeficientes reductores.
Esto es una maquina de destrucion de empleo,Basta ya de sanear empresas.
Aqui lo que veo es que ninguno pensais entrabajar, sino en dejar de trabajar. Así nos va.
De acuerdo con todos los comentarios y en particular con el siguiente extracto de #2 Jesus, "la verdadera vergüenza es que los políticos les basta con cotizar 7"
Realmente que ellos pasen de 7 a 35 no arreglaria la economia, aunque si que serviria de ejemplo para la ciudadania, seria una gotita de agua mas para llenar el vaso. Si bien si que es relevante, es decir, demuestra que los que nos gobiernan y dictan las normas, no las sufren ya que ellos estan por encima, a otro nivel, con otras normas. Asi que .... Como van a dictar normas justas esta gente, ES IMPOSIBLE.
# 2, Jesus
Te pregunto: ¿Eres funcionario? ¿Dónde hiciste la oposición? ¿Quién te examinó?
¿Te aprobaron la oposición con lo siguiente?:
"y haber si las sacas".
Habrás sacado la oposición de barrendero supongo, y de algún municipio de 100 habitantes, aunque para eso también piden un "dictado".
Sí señor Barrendero y compinche, por muchos negativos que pongas siempre
verás
Sí, no creo que
haberás.
Te lo explico mejor.
Si vas a ver algo dirás "y a ver"
Si hay algo dirás "y haber"
Pero no es el caso sino que lo quieres es ver. Pues entonces señor Barrendero deberás decir: "a ver si las sacas"
De todas formas en la escuela enseñan.
..Y ellos (los politicuchos de este pais), con dos legislaturas en algunos órganos constitucionales (Congreso, Senado, etc..) PENSIÓN VITALICIA.
Así legislo yo también!!..a la mierda las ideologías!!, justificamos los injustificable para la inmensa mayoría..y para esta casta que con ellos no va la crisis. Seguimos sin reformar/eliminar el Senado, sus coches oficiales en la puerta, para que no se manchen los zapatos, y por supuesto, sus comidas pagadas a costa de todoss nosotros.
A ver si estalla esto de una vez..porque no se trata de jubilarse uno después de un descanso merecido de tantos años trabajando y cotizando para esa chusma...Ahora se trata de ir pensando de que manera queremos morir mientras trabajamos, o sufrimos para pagar nuestros impuestos.
Yo tambien estoy super indignada, soy funcionaria, y mi padre agricultor. Y entiendo que yo como profesora podria trabajar hasta los 70 años con buena calidad de vida, pero mi padre con 58 años esta "reventado fisicamente", y a el no se le puede exigir que llegue a estos 65 o 67 años jamas....
Por que los politicos no dejan de mirarse el ombligo y miran la realidad del pueblo que gobiernan.