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Actualizado: 20 de Septiembre de 2024
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El final de la abusiva cláusula de suelo

hipotea sueloEn este blog somos muy de dar buenas noticias a los hipotecados, al menos en los últimos años. Tanto ha bajado el Euribor que incluso su valor a 3 meses está en negativo, pero siempre que se publican noticias de este tipo, muchos (con razón) se quejan de que a ellos no les afecta por culpa del maldito suelo de su hipoteca.

Vamos ya para culebrón con muchas sentencias al respecto, pero esta vez parece que ya es la última. Para arrojarnos un poco de Luz, nuestro abogado Federico Wahnich que está llevando las reclamaciones de decenas de usuarios de nuestro foro (tenéis más información aquí).

El pasado jueves se publicó la Sentencia del Tribunal Supremo nº 139/2015 de 25 de Marzo de 2015. Esta sentencia viene a zanjar definitivamente la cuestión relativa a los efectos de la declaración de nulidad de las cláusulas suelo, estableciéndose que las cláusulas suelo declaradas nulas judicialmente, llevarán aparejada para el banco la obligación de devolver las cantidades indebidamente cobradas por la aplicación de dicha cláusula desde el 9 de Mayo de 2013. Recordemos que en esa fecha, el Tribunal Supremo dictó la sentencia nº 241/2013 en la que declaró nulas las cláusulas suelo de las entidades BBVA, Cajamar y Nova Caixa Galicia Banco, obligándolas a eliminar las cláusulas suelo de sus préstamos hipotecarios, sin que tuvieran que devolver a sus clientes las cantidades cobradas de más como consecuencia de la aplicación de las denominadas cláusulas suelo.

En su momento, esta sentencia supuso un importante punto de inflexión en el panorama jurídico y un alivio económico para todas las familias que tenían hipotecada su vivienda con alguna de las anteriores entidades financieras, ya que vieron como los intereses de los recibos de su hipoteca bajaban sustancialmente a partir de 9 de Mayo de 2013.

Pese a que la mayoría de las hipotecas contratadas en nuestro país son a interés variable (normalmente referenciadas a la cotización del Euribor), la realidad es que muy pocos hipotecados pueden beneficiarse de la actual situación de tipos de interés bajos. Esto es debido a que la mayoría de bancos y cajas incorporaron en sus escrituras de préstamo hipotecario a interés variable, una cláusula que limitaba la bajada de tipos interés, garantizándose, de esta forma, el cobro de un interés mínimo que suele oscilar entre el 2,25% y el 4,25%. Dicho interés mínimo a pagar, conocido como “cláusula suelo”, sigue impidiendo que, a día de hoy, millones de hogares puedan beneficiarse de la cotización del Euribor, que cerró el pasado mes de Marzo en su mínimo histórico del 0,212%.

Una simple comprobación del interés aplicable en el recibo de nuestra hipoteca permitirá saber si tiene o no cláusula suelo. A partir del año 2009, el Euribor entró en una senda bajista, marcando mínimos año tras año hasta el día de hoy. No obstante, quienes tengan una cláusula suelo no habrán podido beneficiarse de las bajadas del Euribor y podrán comprobar como el interés de sus recibos y la cuota a pagar no habrá variado en los últimos cinco años.

La buena noticia es que gracias a la reciente Sentencia de 25 de Marzo de 2015, el Tribunal Supremo resuelve definitivamente la cuestión respecto a la retroactividad, al establecer como doctrina que la declaración de nulidad de la cláusula suelo, conllevará la devolución de las cantidades abonadas de más, desde 9 de Mayo de 2013. Se acaba así con dos años de inseguridad jurídica sobre los efectos aparejados a la declaración de nulidad de la cláusula suelo, ya que tanto los Juzgados como las Audiencias Provinciales venían resolviendo dicha cuestión de forma dispar, al conceder algunos la retroactividad (lo que permitía a quien obtenía la declaración de nulidad de su cláusula suelo poder recuperar todos los importes cobrados de más por la aplicación de la cláusula suelo) y otros (el sector mayoritario), siguiendo el criterio fijado por el TS en la Sentencia de 9 de Mayo de 2013, no concedían efectos retroactivos a la declaración de nulidad de la cláusula suelo.

La falta de retroactividad suponía para el cliente que demandaba a su banco, seguir pagando la cláusula suelo hasta que se dictara la eventual sentencia que declarara la nulidad de la misma. Con esta nueva sentencia, el Tribunal Supremo da un duro varapalo a las entidades financieras, que pierden la única baza que les quedaba en los procedimientos judiciales y que no era otra que el transcurso del tiempo.

Hasta la fecha los bancos tenían como estrategia dilatar el procedimiento judicial ya que el tiempo jugaba siempre a su favor, al no tener que devolver el dinero cobrado de más por la aplicación de la cláusula suelo. De esta forma, cada mes que transcurría suponía cobrar el importe de la cláusula suelo, dinero que no devolverían al cliente aunque reclamara judicialmente y obtuviera una sentencia favorable a sus intereses.

En estos últimos dos años la estrategia de todos los servicios jurídicos de los bancos se basaba en  dilatar al máximo el procedimiento judicial, a sabiendas que ningún préstamo hipotecario suscrito antes de 9 de Mayo de 2013 cumplía con los criterios de transparencia exigidos por el TS. El objetivo de dicha dilación era cobrar el máximo de meses la cláusula suelo, llegando  incluso a recurrir sistemáticamente las sentencias que perdían, ya que, hasta el pasado jueves 16 de Abril, el consumidor debía seguir pagando la cláusula suelo hasta que su sentencia fuera firme.

Afortunadamente con esta última sentencia, el Tribunal Supremo recuerda a las entidades financieras que no pueden ser ajenas a los criterios de transparencia fijados por nuestro alto Tribunal en su sentencia de 9 de Mayo de 2013, puesto que los bancos podían comprobar fácilmente si las cláusulas suelo de sus préstamos hipotecarios cumplen o no con las exigencias de transparencia impuestas por el TS.

De esta manera y gracias a esta última sentencia, el tiempo ha empezado a correr en contra de todas las entidades financieras que siguen aplicando cláusulas suelo en sus préstamos hipotecarios. A partir de ahora no es una estrategia válida el dilatar el procedimiento judicial, ya que, a partir de la publicación de la sentencia nº 139/15, la banca se verá obligada a devolver a los clientes que demanden todas las cantidades cobradas de más por la aplicación de las cláusulas suelo desde 9 de Mayo de 2013.

Carlos Lopez

Redactor de Euribor.com.es. Escribiendo desde el 2006 sobre el Euribor, economía, finanzas, bolsa, hipotecas y ahorro

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  • Por fin...esto parecía durar mas que la obra del Escorial.

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  • Buenos días,

    Y ahora es cuando llamamos a los garbancitos contadores y nos dicen cuanta pasta nos va a costar en devoluciones y como se la vamos a imputar en comisiones y tejemanejes a todos los clientes, por que todo esto como siempre lo pagan los de abajo....

    Lo mejor de todo es que ya hay juzgados que estan paralizando desaucios por este motivo, se considera que el dinero cobrado de mas constituye un motivo para paralizarlo, increible....

    Queda un mes señores, solo un mes, recordais la pelicula EL GRAN DESPILFARRO, a quien vas a votar: A NINGUNO DE LOS ANTERIORES, tengo unas ganas de ver chupopteros politicos, asesores y arrimaos agradecidos en la cola del paro que no lo sabe nadie....

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  • Para muchas nos llega tarde, porque por ejemplo en mi caso, reclame la clausula suelo que era del 4% y consegui que me la bajaran al 2%... pero firmé que no volveria a reclamar mas.. en aquel momento me pareció una victoria, pero está claro que no :(

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  • Bueno, el final, final... Yo creo que quedan varios años por delante de reclamaciones de todos los que tenemos esta cláusula suelo (más de 3 millones). Hasta ahora seguíamos reclamando pocos (yo lo hice con denunciascolectivas.com) pero tras la nueva sentencia del Supremo yo creo que se va a animar más gente viendo que se les garantiza la nulidad y desde mayo de 2013 la devolución del dinero.

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  • No estoy de acuerdo en decir que todas las claúsulas suelo son abusivas, lo son si las hipotecas afectadas no tienen también una claúsula techo pero si tienen un techo para evitar que el hipotecado pague de más si los tipos suben mucho, me parece que no hay abuso en poner un suelo para que si cae mucho no pierda el banco.
    ¿si el euribor se hubiera ido al 10% diríamos que son abusivas las claúsulas techo?
    Luego está el tema tantas veces comentado de que la gente es capaz de firmar el reconocimiento de una deuda por años y años delante de un notario y no es capaz de leer las condiciones...

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  • «Yo parezco de Bilbao. Nací crecido. No necesito ponerme medallas». Estas palabras reflejan el espíritu con que Santiago Menéndez, director de la Agencia Tributaria, afrontó ayer su examen ante la Comisión de Hacienda. Menéndez, el Gobierno y el PP sabían que los grupos políticos querían tener allí a Cristóbal Montoro para que explicara las circunstancias que han rodeado la escandalosa detención por motivos fiscales –nunca mejor dicho– de Rodrigo Rato, pero el ministro de Hacienda logró escabullirse.
    Pese a esa ausencia y a que el PP bloqueó, poco antes de la sesión, la creación de una comisión de investigación sobre la amnistía fiscal, lo que podía haber irritado a los portavoces, éstos no mostraron mala disposición hacia Menéndez. El más duro fue el socialista Pedro Saura, pero no sobrepasó ninguna línea. El presidente de la comisión, Gabriel Elorriaga, temía una sesión agitada, donde podían llover insultos a Rato y al Gobierno, pero se marchó muy satisfecho por el desarrollo de la misma.
    Menéndez fue incapaz de leer correctamente el estado de ánimo de la comisión, que era de paz, no de guerra. Con el rostro congestionado, desordenó sus papeles en la réplica y fue incapaz de contestar en orden. Se encaró con Saura y contestó con chulería innecesaria a los demás. Lo que quedó de su intervención fue una montaña de datos intentando demostrar que la Agencia Tributaria es hoy una de las más eficaces del mundo, un rendido elogio a los funcionarios a sus órdenes y una frase –«yo dispongo de todos los datos, y son la repera, la repera patatera»– descuidada y ambigua con bordes muy cortantes.
    La sesión volvió a dejar en evidencia la poca preparación, salvo honrosas excepciones, de nuestros diputados en materias específicas. Rafael Larreina, de Amaiur, criticó a la Agencia Tributaria por la «poca eficacia recaudatoria» del IVA comparada con otros países europeos. En realidad, la «poca eficacia» del IVA no se debe tanto a los niveles de evasión –que los hay y que sí serían responsabilidad de Hacienda–, como al diseño del impuesto, que al tener demasiados tipos y excepciones, pierde eficacia.
    Asediado por Saura, Menéndez fue muy rotundo a la hora de subrayar que la investigación a Rato no se origina en la amnistía fiscal: «Cómo va a tener que ver con una DTE (Declaración Tributaria Especial). Lo recogido en una DTE no tiene contingencias fiscales». Lo mismo dijo Montoro el viernes. El asunto no es menor, como me hizo notar ayer Carlos Sánchez de El Confidencial. Si el supuesto delito fiscal de Rato surge de la comprobación de su DTE, Hacienda se estaría moviendo en un terreno resbaladizo, ya que la Dirección General de Tributos declaró en junio de 2012 que no procedía la comprobación aislada para descubrir contingencias fiscales. Luego se matizó, asegurando que se procedería a verificar la regularización si se advertían otras infracciones, fiscales o relacionadas con el origen de los fondos, pudiendo dar lugar a un caso de blanqueo de dinero. Pero, ¿acaso no es una regularización un blanqueo legal?

    JOHN MÜLLER

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