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Actualizado: 20 de Septiembre de 2024
Categorías: Articulos

La conspiración de la obsolescencia programada

imagesSe dice que la obsolescencia programada es una conspiración del lobby empresarial, que lleva años aplicando un plan para que sus productos ya salgan al mercado con una fecha de caducidad con el fin de asegurarse futuras ventas. Es decir, los fabricantes se las estarían ingeniando para que sus productos duren menos de lo que deberían, y así fabricar, vender y ganar más dinero; por tanto, los productos no se estarían diseñando para durar, sino para tener que ser sustituidos al final de una vida útil predeterminada y así asegurarse ventas futuras.

El sostén de esta teoría nunca del todo probada tiene su origen con el inicio de la industrialización de masas a principios del siglo pasado, con dos ejemplos claros: el de 1924 con los fabricantes de bombillas Osram, Philips, General Electric y la española Lámparas Z, cuando crearon el llamado cártel Phoebus con los estándares de producción y venta. Dicho cartel establecía la duración de las bombillas en 1.000 horas, cuando hasta dicho acuerdo entre fabricantes, la duración de las mismas había sido de 2.500 horas. El segundo ejemplo es más claro, lo protagonizó DuPont con el lanzamiento en 1940 de las medias de nailon. Este nuevo material las hacía prácticamente irrompibles, y tuvieron un gran éxito de ventas. Sin embargo, tras el éxito inicial, el fabricante decidió disminuir la calidad debido a que la durabilidad del producto estaba haciendo que las ventas disminuyesen ya que no existía prácticamente consumo de reposición.

Pero fue en 1954, cuando el diseñador industrial estadounidense Brooks Stevens popularizó durante una conferencia el término obsolescencia programada, que venía a significar la aspiración de la industria por “instalar en el comprador el deseo de poseer algo un poco más nuevo, un poco mejor, un poco antes de lo necesario”. Lo cual nos lleva a los distintos tipos de obsolescencia que hoy en día podemos encontrar:

  • Obsolescencia por vida útil. Es el caso clásico. Los productos se diseñan incluyendo una serie de defectos o carencias que limitan su vida útil a un periodo determinado de horas de funcionamiento. Pasado este tiempo surge la avería que, bien debido al coste de la pieza a sustituir, bien debido al proceso de montaje del aparato, que impide la sustitución de la pieza dañada de forma separada, imposibilita la reparación o la encarece tanto que no merece la pena. En este caso, podría fácilmente ser considerada como un delito, ya que provoca un perjuicio económico a los usuarios que adquieren el producto con expectativas de duración y disponibilidad.
  • Obsolescencia por moda. En este caso lo principal no es el proceso productivo, aunque sin duda influye poderosamente, lo importante es inculcar al consumidor la idea de estar a la última, de tener lo más moderno en lo que a belleza y diseño se refiere. Es un concepto muy aplicado en el mercado textil, siendo de hecho su principal sustento, y es el culpable de los armarios llenos de ropa, zapatos y complementos en impecable estado que duerme el sueño de los justos porque “ya no se lleva”.
  • Obsolescencia tecnológica. Consiste en crear nuevas funcionalidades de los aparatos electrónicos que llevan a que nazcan necesidades en los consumidores, los cuales descartan sus aparatos aún en buen estado de uso para adquirir los nuevos que les aportan esas nuevas funciones, independientemente de que las necesiten o no. El ejemplo lo tenemos con la telefonía móvil: basta con que salga algún nuevo modelo para que las colas para adquirirlo sean kilométricas. Dentro de esta categoría también estaría incluida la informática: los fabricantes de software diseñan programas cada vez más complejos, más exigentes en cuanto a recursos, que hacen que equipos con vida útil todavía por delante se vean sustituidos por otros más potentes que puedan hacer funcionar los nuevos programas.

Así pues, ya no es sólo cuestión de unos ingenieros que incluyan una serie de limitaciones a los productos para acortar su durabilidad, sino que las empresas utilizan también otros factores de tipo psicológico o tecnológico con el fin de despertar la necesidad de sus artículos creándonos la ilusión de que los que tenemos ya no sirven para su función.

Pero el problema va más allá de nuestro bolsillo. El hecho de que cada vez exista menos la cultura de la reparación y el ciclo compra-consumo-obsolescencia-basura se acelere cada vez más en nuestra sociedad, genera el problema añadido de la gestión de los residuos. Los recursos naturales y las materias las convertimos en chatarra con un sistema de producción muy rápido, diseñado para reemplazar las cosas en poco tiempo, y además reciclamos muy poco. Producimos 50 millones de toneladas de basura electrónica al año y sólo se recicla el 24%. El resto va a parar a basureros del tercer mundo.

Todo esto ha dado lugar a un tímido primer movimiento de la legislación desde la Unión Europea, que ya aprobó hace en 2012 una directiva que obliga a los países miembros a adaptar su normativa para acabar con esta práctica. La pionera ha sido Francia, con la aprobación de una ley que castiga con multas de hasta 300.000 euros y dos años de cárcel a las empresas que diseñen y fabriquen sus productos para que duren un tiempo predeterminado. En España, siguiendo la línea de esa directiva europea, existe un Real Decreto, de dudoso éxito en su implantación, que tiene como mayor finalidad el fomento del reciclaje pero que también incluye menciones a la prohibición de la obsolescencia programada y a fomentar la reparación de los dispositivos electrónicos.

Manuel González

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  • Nunca imaginé el calvario que tendría que sufrir cuando mi nombre apareció en la lista del ERE de mi empresa. Las causas objetivas aducidas por el empresario pesaron más que mis veinticinco años de antigüedad en la compañía. El Gobierno había facilitado que me dieran la patada y encima la indemnización se redujo al 50% de lo quey pensaba que me correspondía.

    Según los datos di­fun­didos esta se­mana, la mitad de los pa­rados son per­sonas ma­yores de 45 años. A pesar del ele­vado nivel de es­pe­cia­li­za­ción que tienen des­pués de va­rias dé­cadas de ejer­cicio de su ac­ti­vi­dad, en­cuen­tran unas di­fi­cul­tades prác­ti­ca­mente in­sal­va­bles para en­con­trar em­pleo de nuevo.

    Así que hay unos dos mi­llones de per­sonas que se en­cuen­tran prác­ti­ca­mente al borde del abismo la­boral en España. Las em­presas de tra­bajo tem­poral no dudan un mo­mento en tirar el cu­rri­culum de una per­sona mayor de 45 años, me co­mentó mi amigo Jaime Cordero, que lleva más de dos años en el des­em­pleo.

    Tras va­rios meses en el paro, me pre­gun­taron en la ofi­cina de des­em­pleo que si quería par­ti­cipar en unas se­siones en las que nos jun­tá­bamos unos 20 des­em­plea­dos, com­par­tíamos nues­tras ex­pe­rien­cias y nos daban una serie de re­co­men­da­cio­nes. Desde cómo hacer el cu­rri­culum vitae hasta la forma de afrontar una en­tre­vista la­bo­ral, pa­sando por los trucos para afrontar la exi­gencia del in­glés o cómo con­tra­rrestar el efecto de la edad, cons­ti­tuyen au­tén­ticas te­ra­pias de grupo para sus asis­ten­tes.

    La bús­queda de em­pleo se hace to­davía más di­fícil cuando se ha desa­rro­llado una ac­ti­vidad en una em­presa du­rante va­rias dé­ca­das. Te entra el vér­tigo a lo des­co­no­cido, a no estar a la al­tura de las nuevas ge­ne­ra­cio­nes, a la sen­sa­ción de inuti­li­dad. En reali­dad, no de­bería ser así, sino todo lo con­tra­rio. Hace años, es­tuve en un viaje a Alemania donde coin­ci­dimos con co­legas de va­rios paí­ses. Los jo­ven­citos éramos los es­paño­les. En Europa, todos nues­tros com­pañeros te­nían el pelo blanco y ron­daban los se­senta años. ¿Por qué en España no se va­lora la ex­pe­riencia nos pre­gun­tá­ba­mos?

    La te­rapia me sentó de ma­ra­villa desde el prin­ci­pio. Lo pri­mero que dijo el com­pañero que es­taba mi lado es que había es­crito un co­rreo elec­tró­nico a 200 con­tactos y que nadie le había res­pon­dido. Esa con­fe­sión me pro­por­cionó una li­be­ra­ción ex­tra­or­di­na­ria. Era exac­ta­mente lo que me había su­ce­dido a mi.

    Durante seis meses me había es­tado cul­pando por un re­pudio que es ge­ne­ra­li­za­do... En otros mo­men­tos, no ha exis­tido esta falta de so­li­da­ri­dad, los com­pañeros de otras em­presas te abrían las puer­tas, char­laban con­tigo y te pre­sen­taban a sus jefes para que pu­dieras co­no­cerles y abrirte ho­ri­zon­tes. Esta crisis ha sa­cado a flote cua­li­dades muy ne­ga­ti­vas: la in­se­gu­ri­dad, el miedo a la pér­dida del puesto de tra­bajo y esa reite­rada opi­nión de que “si no hay po­si­bi­lidad de en­con­trar tra­bajo, para qué le voy a re­cibir o a con­testar sus lla­ma­das”.

    Cuando me quedé en el paro acudí a una amiga para que me ase­so­rara sobre lo que tenía que ha­cer. Me dio el con­sejo de que me des­pi­diera de la gente que co­no­cía, para que su­pieran cuál era mi nueva si­tua­ción. También me re­co­mendó que me abriera un perfil en Linkedin.

    Lo hice y al­gunos co­no­cidos me res­pon­dieron sin ningún ba­lance po­si­tivo. Escribí a quien no co­nocía y al­gunos me con­tes­ta­ron, pero el re­sul­tado tam­bién fue ne­ga­tivo. Llegué a llamar a la puerta de algún fa­mi­liar con ca­pa­cidad para acon­se­jarme al me­nos, pero tam­poco quiso ni to­marse un café con­migo. ¡Qué falta de so­li­da­ri­dad!

    Como te quedes sin em­pleo a los 45 años será un mi­lagro que en­cuen­tres un puesto de tra­bajo. Y si su­cede ese mi­la­gro, te con­tra­tarán por la cuarta parte de lo que ga­nabas antes y ten­drás que pa­garte la se­gu­ridad so­cial. Y lo único en lo que pen­sarás será en tirar para ade­lante como pue­das, mien­tras haces cuentas sobre la pen­sión.

    Y todo ello mien­tras ves algo que no per­ci­bías cuando em­pe­zabas en el mer­cado la­bo­ral: las lu­chas in­tes­tinas en las em­pre­sas, la ca­pa­cidad in­trín­seca para trepar de las nuevas ge­ne­ra­ciones y la sen­sa­ción de so­le­dad. Te has que­dado des­col­gado de tu ge­ne­ra­ción, eres un su­per­vi­viente en un en­torno hos­til, sin com­pañeros de re­em­plazo. Como haber caído en una au­tén­tica Pesadilla en Elm Street la­bo­ral.

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  • Tarjetas anónimas, el ardid de Bárcenas triunfa entre los defraudadores http://buff.ly/1t8uOln

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  • El boyante sector de las energías renovables ha entrado en una guerra particular contra el Tribunal Supremo por su última sentencia que avala la regulación por el Gobierno y la imposición de recortesen la retribución de las energías limpias. Su asociacion, APPA, ha anunciado que piensa recurrir amparándose en el hecho de que tres de los siete magistrados consideran que la reglamentación “es retroactiva e incompatible con los principios de seguridad jurídica y confianza legítima”.

    La Asociación de Energías Renovables lo tiene com­pli­cado de que pros­peren sus re­cursos porque el Tribunal Constitucional ha des­es­ti­mado las de­mandas que se han pre­sen­tado contra la ley pero quiere re­mover todo lo que pueda para que el fu­turo Gobierno re­tire los re­cortes a las re­no­va­bles, un re­corte que le su­pone al sector más de 1.700 mi­llones de euros al año. En plena ba­talla dia­léc­tica, el líder de Ciudadanos, Albert Rivera, ha anun­ciado que eli­mi­nará el ‘impuesto al sol’ y ha pro­me­tido re­cu­perar el viejo sis­tema del Plan Energético Nacional.

    Rivera ha afir­mado que la pri­mera me­dida ener­gé­tica que to­mará si llega a go­bernar será “suprimir” dicha tasa y el im­puesto al au­to­con­sumo, “un im­puesto in­justo -afirma-, que nadie en­ten­dería en ningún país eu­ro­peo”. Además, se ha mos­trado par­ti­dario de re­cu­perar el Plan Energético Nacional, el an­tiguo PEN, en el que los an­te­riores go­biernos de UCD, del PSOE y el primer man­dato de José María Aznar, se apo­yaron para di­señar sus po­lí­ticas ener­gé­ti­cas. Su desa­rrollo fue esen­cial en su día para re­ducir la de­pen­dencia del pe­tróleo y de­cretar el parón nu­clear so­cia­lista.

    El líder de Ciudadanos se ha mos­trado cons­ciente de que España sigue ne­ce­si­tando, a día de hoy, un mix ener­gé­tico “porque no somos ca­paces de au­to­abas­te­cernos con ener­gías re­no­va­bles, pero te­nemos que tender a eso. El fu­turo está en las ener­gías lim­pias”, ha seña­lado.

    La apuesta por las ener­gías verdes se in­cluye en todos los pro­gramas de los par­tidos pero, en cam­bio, ac­tual­mente, tal y como está la nor­ma­tiva no está muy claro si las em­presas se lan­zarán a in­ver­tir, má­xime cuando, tanto el Constitucional como el Tribunal Supremo dan la razón al Gobierno de Mariano Rajoy en fun­ciones sobre el re­corte a las ayu­das.

    Desestimadas tres de­man­das

    El fallo del Alto Tribunal que acaba de emi­tirse des­es­tima tres de­mandas in­ter­puestas por tres pro­mo­tores de ener­gías re­no­va­bles contra el Real Decreto 413/2014 y la Orden IET 1045/2014. Son las tres pri­meras sen­ten­cias de más de 300 re­cursos que se han pre­sen­tado por em­pre­sas, fondos de in­ver­sión y par­ti­cu­lares y que, sin duda, van a marcar el desa­rrollo del resto de ca­sos.

    Amparándose en la va­lidez que en su mo­mento dio el Tribunal Constitucional, el Supremo sub­raya que la nueva nor­ma­tiva cumple con las di­rec­trices eu­ro­peas del sector y “preserva el fo­mento de estas tec­no­lo­gías, además de ga­ran­tizar la sos­te­ni­bi­lidad del sis­tema eléc­tri­co”.

    Por su parte, la Asociación de Empresas de Energías Renovables APPA dis­crepa to­tal­mente con el Supremo en cuanto a que la ren­ta­bi­lidad ra­zo­nable esté ga­ran­ti­zada por toda la vida útil de las ins­ta­la­cio­nes, cuando el Gobierno está ha­bi­li­tado para poder cam­biarla cada seis años.

    Para APPA, las sen­ten­cias dic­tadas por el TS para nada tienen en cuenta la re­per­cu­sión eco­nó­mica de las mis­mas, ni en qué ma­nera afectan al fu­turo del sector re­no­vable en par­ti­cu­lar, ni al sis­tema eléc­trico en ge­ne­ral. La Asociación man­tiene que la re­gla­men­ta­ción ahora juz­gada ha sido dis­cri­mi­na­toria con las ener­gías re­no­va­bles que han su­frido re­cortes en sus in­gresos por valor de unos 2.000 mi­llones de euros en sólo 2015.

    Ninguna ins­ta­la­ción nue­va

    De la misma ma­nera, no en­tiende cómo en la sen­tencia del Tribunal “considera que el nuevo mo­delo pre­serva el fo­mento de esta tec­no­lo­gía”, cuando, como con­se­cuencia de la nueva le­gis­la­ción, a día de hoy no se ha puesto en marcha ni una sola ins­ta­la­ción. En este sen­tido, sub­raya que la única re­fe­rencia es una subasta ais­lada, que no guarda cohe­rencia con la pla­ni­fi­ca­ción ener­gé­tica a 2020, y de la que mu­chos re­pre­sen­tantes del sector dudan que la ca­pa­cidad ad­ju­di­cada a la misma se vaya a poner en mar­cha. “Todo ello, de­muestra que “esta re­gu­la­ción no es la ade­cuada para el desa­rrollo del sec­tor”, re­calca.

    En los votos par­ti­cu­lares que han emi­tido los ma­gis­trados Eduardo Calvo e Isabel Perelló, se de­fiende la nu­lidad de ambas normas por­que, a su en­ten­der, “pretenden re­for­mular la realidad an­te­rior a su en­trada en vi­gor, pro­yec­tando sobre ella los mismos cri­te­rios y pa­rá­me­tros que se aplican a las ins­ta­la­ciones nue­vas.

    Aseguran que se está in­cu­rriendo en el grave de­fecto que los his­to­ria­dores de­no­minan “presentismo”, que con­siste en juzgar el pa­sado con arreglo a in­for­ma­ción -o, como en este caso, con arreglo a una nor­ma­ti­va-, que no existía an­tes. Respecto al ám­bito ju­rí­dico, afirman que la re­gu­la­ción re­gla­men­taria tiene una de­ci­dida vo­luntad de operar de ma­nera re­tro­ac­tiva, porque la efi­cacia de la re­forma no se pro­yecta úni­ca­mente hacia ade­lante en el tiempo sino tam­bién hacia atrás”.

    El voto par­ti­cular fir­mado por el ma­gis­trado Eduardo Espín, se sub­raya que, “si bien el Real Decreto 9/2013 y la Ley 24/2015 pueden ser in­ter­pre­tados de con­for­midad con la Constitución, el desa­rrollo que el Gobierno ha efec­tuado del nuevo mo­delo re­tri­bu­tivo, me­diante el Real Decreto y Orden im­pug­na­dos, pro­yecta la apli­ca­ción del nuevo mo­delo hasta un ex­tremo de re­tro­ac­ti­vidad que lo hace in­com­pa­tible con los prin­ci­pios de se­gu­ridad ju­rí­dica y con­fianza le­gí­ti­ma”. Por ello, el ma­gis­trado dis­crepa que la sen­tencia se apoye para apoyar su de­ci­sión en la po­si­ción adop­tada por el Tribunal Constitucional.

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  • Las exportaciones e importaciones de China volvieron a contraerse en mayo poniendo de manifiesto la debilidad de la demanda tanto global como doméstica.

    Los datos de aduanas publicados el miércoles mostraron que las exportaciones bajaron un 4,1% con respecto al mismo periodo del año anterior, pero mejoraron frente a la reducción del 1,8% experimentada en abril. Las importaciones se contrajeron un 0,4% frente al descenso del 10,9% de abril.

    La debilidad del comercio podría complicar los esfuerzos de Beijing para que la segunda mayor economía del mundo remonte el vuelo. La debilidad de las exportaciones podría suponer más estímulos económicos, lo que retrasaría los esfuerzos para reducir la dependencia del comercio y la inversión para mejorar el crecimiento.

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