La Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Bizkaia ha emitido una resolución por la que reconoce, por primera vez, el síndrome del túnel carpiano que padece una vendedora como enfermedad profesional, condenando a la mutua Fremap al pago de las prestaciones que se deriven de ella, según ha informado CC OO Euskadi.
La trabajadora es vendedora del centro de trabajo de Conforama en Mega Park Barakaldo y en su puesto de trabajo realiza tareas tales como empaquetar y grapar muebles, mover objetos de considerable peso y limpieza de la exposición.
El sindicato ha indicado que la empleada, que sufre síndrome del túnel carpiano en ambas muñecas debido a las posturas forzadas y a la manipulación manual de cargas que implican sus condiciones de trabajo, estuvo de baja entre el 10 de noviembre de 2016 y el 22 de abril de 2017, periodo que ahora la Seguridad Social estima que es una enfermedad profesional y no una enfermedad común. La trabajadora tuvo que ser intervenida quirúrgicamente por esta dolencia.
El responsable de salud laboral de CC OO de Euskadi, Alfonso Ríos, consideró “un hecho sin precedentes” el de que se reconozca el síndrome del túnel carpiano como enfermedad profesional en el sector del comercio, ya que esta resolución del INSS es pionera.
El sindicato aseguró que va a continuar abriendo el “melón” del reconocimiento de enfermedades profesionales y de otros daños de origen laboral, como por ejemplo ya está haciendo con los derivados de los riesgos psicosociales en Osakidetza.
CC OO exigió también a Fremap que reconozca como enfermedad profesional los casos de síndrome del túnel carpiano que se produzcan en el sector del comercio. Asimismo, indicó que las alegaciones que presentó tratando de “presentar el cuadro de enfermedades profesionales como un listado cerrado de sectores sin relación con las condiciones reales de trabajo, están fuera de lugar debido a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, precisamente sobre el síndrome del túnel carpiano”.
Por último, el sindicato hace un llamamiento a todas las personas trabajadoras del sector del comercio a que acudan al sindicato si presentan esta dolencia, así a exigir a las empresas que pongan medidas preventivas para frenar esta patología.
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En argentina nuestra resolución de enfermedades profesionales la cual es un listado semi cerrado reconoce ampliamente al STC como enfermedad profesional en trabajadoress expuestos al riesgo de posiciones forzadas y gestos repetitivos