El programa de ayuda al alquiler de vivienda recogido en el nuevo Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, que fue aprobado este viernes, establece que las personas que alquilen una vivienda solas no podrán cobrar más de 1,5 veces el Iprem (806,76 euros al mes) para recibir la ayuda.
En el caso de que en la vivienda resida más de una persona, se sumará a esta cifra 0,5 veces el Iprem (268,92 euros al mes). Así, en un piso en el que convivan dos personas no podrán ganar más de 1.075,68 euros mensuales entre ambos, mientras que si el piso lo comparten tres personas, la suma de los ingresos de cada uno de ellos no podrá superar los 1.344,6 euros al mes.
Además, habrá que tener en cuenta que el alquiler del piso deberá ser igual o inferior a 600 euros mensuales, cifra que podrá aumentarse hasta los 900 euros en las ciudades con los precios más caros.
Para beneficiarse de esta ayuda, los arrendatarios deberán justificar que la vivienda es su residencia habitual y permanente mediante certificado o volante de empadronamiento en el que consten, a fecha de la solicitud, las personas que tienen su domicilio habitual y permanente durante todo el periodo por el que se conceda la ayuda.
En líneas generales, el programa recoge que los requisitos para acceder al programa de ayudas al alquiler cuando se trata de una unidad familiar son que el límite de ingresos debe ser de 3 veces el Iprem (1.613,52 euros mensuales).
En el caso de las viviendas en las que habite una familia numerosa general o personas con discapacidad la ayuda se entregará si los ingresos no superan 4 veces el Iprem (2.151,3 euros al mes).
Además, el núcleo de las familias numerosas especiales o con personas con determinados grados de discapacidad (personas con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad del desarrollo con un grado de discapacidad igual o superior al 33% o personas con discapacidad física o sensorial, con un grao igual o superior al 65%) no podrá ganar más de 5 veces el Iprem (2.689,2 euros al mes).
El límite de la ayuda es del 40% del alquiler mensual para las personas de entre 35 años y 65 años, cifra que se incrementa hasta el 50% en el caso de los mayores de 65 y de los menores de 35 años.
La ayuda al alquiler deberá destinarse obligatoriamente al pago de la renta de la vivienda y no se podrá compatibilizar con percepciones de la renta básica de emancipación ni con ninguna otra ayuda para el pago del alquiler de este Plan, según se recoge en el texto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado sábado.
6 comentarios
Pero hay gente que vive en alquiler ganando menos de 806€/mes? Eso es supervivencia…
Sois todos unos muertos de hambre, catalufos incluidos…
El nº 2 no soy yo. Alguien está utilizando mi nombre para denigrar comentarios.
Pues entonces conociendo como pensamos en España…. anda que no queda tiempo como para estar preocupándose por las pensiones, que le suban a los jubilados no el IPC, si no un 2% o 3% y ya dentro de 20 años vemos que hacer.
Todos los indepes osn unos muertos de hambre
pichin es un muerto de hambre