Tal y como acaba de sentenciar el Tribunal Supremo, el banco, y no el cliente, es quien debe asumir el pago de los impuestos derivados de la constitución de una hipoteca.
Para poder reclamar los gastos de formalización de hipoteca, los interesados en recuperar su dinero necesitas realizar una reclamación extrajudicial a la entidad bancaria solicitando la devolución de las cantidades.
Todavía es temprano para conocer como actuarán los bancos aunque es previsible que no te lo ponga fácil y haya que acudir a los tribunales. En ese caso hay muchos despachos dedicados a esto que solo te cobrarán en caso de que ganes, así que si no quieres meterte en líos es una buena opción.
Merece la pena intentarlo ya que su cuantía es elevada, por ejemplo si el cliente ha firmado una hipoteca de 150.000 euros, esta cantidad oscilaría entre los 750 y los 2.250 euros (dependiendo de la comunidad autónoma)
Existen dos posibilidades: una vía rápida para aquellos que pagaran el impuesto de AJD hace menos de cuatro años y la vía más larga para el resto de personas.
Aquellos que pagaron el AJD en los ejercicios de 2014 y en adelante, podrían reclamar la devolución de los ingresos indebidos directamente a la Hacienda de su Comunidad Autónoma, algo similar a lo que ocurre con las prestaciones por maternidad.
Al tratarse de un pago indebido, según ratifica el Supremo, y al no haber prescrito, las comunidades autónomas devolverán automáticamente el importe pagado, y lo harán sin coste para sus arcas, ya que lo cargarán en seguida a los bancos, según asegura el sindicato de los técnicos de hacienda, Gestha.
Aquellos que pagaran el impuesto hace más de cuatro años, el derecho no prescribe, pero no es posible solicitarlo directamente a Hacienda. En ese caso:
1.- Para iniciar el proceso de reclamación es necesario reunir la documentación: la escritura de préstamo hipotecario cuyos gastos se pretendan reclamar y las facturas de notaría, registro de la propiedad, tasación del inmueble, gestoría e impuestos pagados.
2.- Después, hay que redactar un documento de reclamación dirigido a la entidad bancaria solicitando los importes abonados. Es importante realizar un requerimiento fehaciente a la entidad correcta, ya que debido a las absorciones entre bancos pueden desatender la reclamación. En el caso de haber cambiado de banco la hipoteca, este escrito debería dirigirse a ambas entidades.
3.- Estudiar con detalle la respuesta del banco con arreglo a sus razonamientos jurídicos. Puede darse el caso de que los bancos intenten negociar con los clientes y hacer propuestas que no le beneficien, obligándole a renunciar a sus derechos e impidiéndole reclamar judicialmente en un futuro esta y otras cláusulas.
4.- Controlar los tiempos de resolución de la reclamación. El banco debería resolver la reclamación en un plazo de dos meses desde que se realizó la misma, según los expertos de Legalitas Direct.
Lo más probable que la entidad trate de desanimar al cliente alargando el plazo y solicitando documentación adicional u obligándole a rehacer la reclamación usando un formulario específico. A pesar de ello, es importante que el consumidor conozca sus derechos y haga frente a estas situaciones.
5.- En caso de que el banco desatienda la solicitud, se deberá presentar una demanda en los juzgados especializados de primera instancia de las comunidades autónomas.
Para ello necesitarás esta documentación.
Dada la abusividad de la cláusula de intereses, no hay límites temporales para iniciar los trámites de reclamación
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Tengo entendido, que los gastos de la hipoteca sólo puedes reclamarlos si el préstamo fue para compra de vivienda habitual.
En varias informaciones indican que no hay límite temporal para solicitar la devolución de los gastos de escritura de hipoteca mientras siga vigente o no se haya amortizado antes de los últimos 4 años, pero en otras empresas informaciones reflejan que GESTHA indica que solo es para hipotecas formalizadas durante los últimos 4 años. Es bastante confuso...
Mi hipoteca se formalizó hace 10 años y sigue vigente. Alguien sabe si es factible reclamar estos gastos?
Hola buenos días, yo estoy pagando una hipoteca que vence en el 2034, la hice para compra de vivienda habitual en el 2004, quisiera saber, si como dicen que cuando se tumba una ley puede ser retrospectivo y que pueda acceder a la devolución.
Me podrían decir si puedo solicitar la devolución de los gastos notariales, ya que mi hipoteca esta todavía en activo.
Muchas gracias,
Alguien tiene el índice IRPH????
Este mes al 1.81 de diferencial mientras que el euribor a -0.15
Bancos ladrones