El salario mínimo interprofesional (SMI) subirá a 900 euros mensuales por catorce pagas a partir del 1 de enero, lo que supone un aumento del 22,3% respecto a su actual cuantía y su mayor alza desde 1977.
En concreto, el SMI se situará en 30 euros al día, 900 euros al mes y 12.600 euros al año. Para los trabajadores eventuales y temporeros, el salario mínimo será de 42,62 euros al día, y para los empleados de hogar, de 7,04 euros por hora.
Este incremento del SMI beneficiará a casi 2,5 millones de trabajadores, más de la mitad de ellos mujeres (56,7%), por lo que contribuirá a reducir la brecha de género en salarios y pensiones, según destacó el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social cuando se aprobó esta medida en el Consejo de Ministros del pasado 21 de diciembre.
De estos casi 2,5 millones de beneficiarios, 1,3 millones se encuadran en el Régimen General de la Seguridad Social (sin sistemas especiales); entre 750.000 y 800.000 en el sistema especial agrario y 400.000 en el sistema especial de empleados de hogar.
El comercio mayorista y minorista (18,8%), las actividades administrativas y auxiliares (14%) y la hostelería (10,8%) son los principales sectores que se beneficiarán del alza del SMI.
Le siguen servicios (7,7%), actividades sanitarias y de servicios sociales (6,8%), administración pública y defensa y Seguridad Social obligatoria (6,8%), actividades profesionales, científicas y técnicas (6,3%), educación (6,2%) e industria manufacturera (6%).
Trabajo destacó que el objetivo de esta subida del SMI es el de prevenir la pobreza en el trabajo, aumentar el nivel de vida de las personas con peores retribuciones (principalmente mujeres y jóvenes) y fomentar un crecimiento salarial “más dinámico”, en línea con las recomendaciones internacionales y lo pactado en el acuerdo de convenios firmado por los agentes sociales.
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El objetivo del ministerio me parece muy loable. Pero se ha subido el SMI y varios valores asociados a este, como el sueldo no embargable, de modo, que al moroso profesional le han hecho un favor importante, esto suele tener como consecuencia que habrá más morosos. Y por lo tanto, con el tiempo precios más altos (créditos y alquileres).
Creo que hay que diferenciar entre el SMI y otras retribuciones. La pensión – prestación mínima no se puede equiparar al SMI, creo que esta debería ser la cantidad no embargable.
Por otro lado
Esta subida oficial por decreto ley al salario mínimo tiene que servir de ejemplo para empujar al resto de salarios. No puede ser que el salario mínimo sea de 900 € y un titulado superior (ejerciendo como tal) con responsabilidad penal en por sus funciones cobre 1.100 €. Creo que una subida generalizada de los sueldos mínimos por real decreto aliviaría el déficit de la Seguridad social y animaría mucho la economía. Pero parece que los únicos sueldos que suben son los de los de siempre…
Es que un titulado superior ejerciendo como tal que acepta cobrar 1100€ es el problema. Pero no, la culpa es de los otros siempre de los otros. Un titulado superior que acepta 1100€ de sueldo obviamente acepta que eso es lo que vale.
Deberían negociar al alza todos los convenios del 2019. Ojalá renegocien con subidas entorno al 10% para los que realmente trabajamos de continuo. Ese punto lo deberían valorar más que el k tiene sus trapicheos y curra en lo justo para tapar sus beneficios en negro.