Últimamente la banca no gana para disgustos en los tribunales que afortunadamente parece que cada vez se ponen más de parte de los clientes ante los constantes abusos que las entidades financieras han cometido los últimos años. Hoy hemos conocido una sentencia del Tribunal Supremo por la que condena Banco Sabadell a devolver a una clienta en concepto de daños y perjuicios más de un millón de euros abonados como consecuencia de unos “swaps” hipotecarios suscritos en el año 2008.
La Audiencia Provincial de Barcelona ha considerado que información ofrecida por la entidad resultó tan deficiente que hizo que la clienta (y cito la sentencia) «estuviera en la creencia errónea de que se le había ofrecido y estaba suscribiendo, una cobertura de la subida del tipo de interés, vinculada a la financiación mediante préstamos concedidos por la propia entidad, en su condición de cliente habitual, y por la relación de confianza con los empleados, y no una operación de permuta del tipo de interés».
Los swaps hipotecarios son unos productos muy complejos y arriesgados que los bancos ofrecieron demasiado alegremente a sus clientes hace 15 años, en total se estima que hay más de 200.000 afectados por este tipo de contratos que se ofrecían bajo la falsa apariencia de seguros contra futuras subidas del Euribor. Fue a partir del año 2008, cuando los bancos empezaron a dejar de comercializar este tipo de productos ya que la legislación comunitaria no los consideraba adecuado para clientes minoristas sin experiencia inversora. Fue la brusca bajada del Euribor la que acabó definitivamente con estos productos.
2 comentarios
Juer como vas hoy…
‘Baco’
‘Nada. No arregla nada hoy.’.