Hipotecas

Lo que NO debes hacer si tu hipoteca está al IRPH

Lo que NO debes hacer si tu hipoteca está al IRPH 1

La cruzada de los hipotecados al índice de referencia IRPH ha sido muy larga y dura ya que durante muchos años han visto como pagaban unos intereses claramente abusivos, muy superiores al Euribor. Afortunadamente el Tribunal Europeo les ha dado la razón y ha determinado que para que la cláusula IRPH sea transparente para el consumidor debe disponer de información clara y suficiente para que le permita conocer las condiciones y consecuencias económicas que implica.

Ahora toca que los bancos muevan ficha demostrando que han cumplido con las obligaciones de información y transparencia exigidas algo que no ha sucedido en muchos casos con lo que gran parte de los clientes pueden acudir a los tribunales.

Ante este panorama muchos serán los bancos que ofrezcan a los clientes una propuesta para llegar a un acuerdo amistoso y no llegar a juicio, en estos casos conviene de momento no firmar nada si no lo ha examinado un experto ya que una vez se firme se pierden todas las posibilidades de emprender acciones legales.

La doctrina establecida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en su último auto sobre el índice IRPH, de noviembre de 2021, dice que es el juez nacional el que debe dar a elegir al consumidor entre revisar su contrato sustituyendo la cláusula abusiva que fija un tipo de interés variable por otro índice previsto por la ley con carácter supletorio (generalmente el Euribor) o proceder a la anulación del contrato hipotecario en su conjunto, cuando este no pueda subsistir sin esa cláusula.

Por ejemplo, para una hipoteca de 170.000 euros a devolver en 25 años, con tipo de interés variable de IRPH con un +0,8% de diferencial, una familia podría recuperar hasta 38.000 euros.

Carlos Lopez

Redactor de Euribor.com.es. Escribiendo desde el 2006 sobre el Euribor, economía, finanzas, bolsa, hipotecas y ahorro

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  • Desde Aliter Abogados recomendamos encarecidamente que los clientes no lleguen a acuerdos directos con las entidades bancarias; deben dejarse asesorar y guiar por especialistas en derecho bancario para llegar al acuerdo que más les favorezca. Por ello, recomendamos realizar un minucioso estudio personalizado de cada caso para ver cuál es la mejor opción para su situación. En Aliter Abogados la primera consulta y el asesoramiento es completamente gratuito por ello desde aquí os animamos a contactar con nosotros en el 96 373 55 55 y solicitar una visita con nuestros especialistas.
    https://aliterabogados.com/irph/

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