Mañana 6 de abril comienza la campaña de la renta 2021 (ya que corresponde a la liquidación de año pasado) y durará hasta el 30 de junio. Si eres de los afortunados que te sale “negativo” (a devolver) lo mejor es que la hagas cuanto antes para tener el dinero en tu cuenta lo más pronto posible. Si por el contrario eres de los que les toca pagar, mejor que no tengas prisa aunque más te vale no olvidarte porque las sanciones por presentar la declaración fuera de plazo pueden llegar a ser de hasta el 150%.
Muchos contribuyentes optarán por consultar el borrador de su declaración por Internet. La forma más sencilla de cumplir el trámite. Eso sí, antes de confirmar el borrador, conviene revisar que no contiene ningún error.
Pero ¿cómo se descarga el borrador de la renta de 2021? Solo hay que acceder a la web de la campaña de la renta de este año, pero antes de poder visualizarlo, la Agencia Tributaria tiene que comprobar quiénes somos. Y para identificarnos, podemos usar tres sistemas, explican fuentes del comparador de productos financieros HelpMyCash.com, que han elaborado una guía gratuita sobre la declaración de la renta de 2021 en la que explican, paso a paso, como consultar el borrador.
DNI electrónico o Cl@ve PIN
Los ciudadanos pueden identificarse en la sede electrónica de la Agencia Tributaria con un certificado digital o un DNI electrónico. Es la opción más rápida. Otra vía es registrarse en el sistema Cl@ve PIN, que permite realizar trámites en las sedes virtuales de la Administración.
Número de referencia
La tercera opción para los que no disponen de un certificado digital ni se han dado de alta en Cl@ve es solicitar un número de referencia.
Esta alternativa permite obtener un código de seis caracteres al instante que, además, se puede renovar en cualquier momento si se olvida. La única desventaja es que para solicitarlo hace falta recordar el valor de la casilla 505 de la declaración de la renta del ejercicio 2020 (la que se presentó el año pasado).
Hay una excepción: los contribuyentes que el año pasado no presentaron la declaración o aquellos a los que la casilla les arrojó un resultado igual a cero tendrán que informar, en su lugar, de los últimos cinco dígitos del IBAN de una cuenta corriente de la que fuesen titulares el pasado año.
La casilla 505 hace referencia a la base liquidable general sometida a gravamen y no debemos confundirla con el resultado de la declaración. Si guardamos una copia de la declaración que presentamos el año pasado, podremos encontrarla dentro de la sección base liquidable general y base liquidable del ahorro.
A la hora de consignar el valor de la casilla 505 en el formulario, se deben introducir los números enteros separados por una coma de los decimales y no por un punto, ya que si no se hace así, el sistema indicará que hay un error.
Si no somos capaces de recuperar el importe de dicha casilla, siempre podemos pedir cita previa en una oficina de la Agencia Tributaria para que nos lo digan presencialmente. No obstante, si queremos evitar desplazamientos y acelerar el trámite, podemos olvidarnos del número de referencia y optar por un sustituto: registrarnos en el sistema Cl@ve. Hoy en día, el proceso de alta es sencillo, ya que se puede hacer por videollamada a través del smartphone o del ordenador. Hará falta tener a mano el DNI para identificarse.
Con este sistema, que combina un código escogido por el usuario con un PIN temporal que emite la Agencia Tributaria cada vez que el contribuyente lo necesita, se puede consultar el borrador, modificarlo y presentarlo.
Atención telefónica o presencial
La declaración de la renta también puede confeccionarse y presentarse por teléfono o en una oficina de la Agencia Tributaria, aunque para eso habrá que esperar. El plazo para presentar la declaración por teléfono se abre el 5 de mayo, aunque se podrá pedir cita previa desde el día 3 de ese mismo mes. Los que quieran ser atendidos por teléfono tendrán que indicar su número de referencia o el valor de la casilla 505 cuando les llamen para identificarse.
Por el contrario, el plazo para solicitar cita para acudir a una oficina de la Agencia Tributaria comenzará el 26 de mayo y el período de atención presencial se iniciará el 1 de junio.
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2021 solo cobre en diciembre y no e trabajado tengo que declarar ? Gracias