Si estás atravesando dificultades económicas que te impiden hacer frente al pago de tu préstamo hipotecario, una opción a considerar es una quita hipotecaria. Esta alternativa consiste en eliminar una parte de la deuda contraída con el banco, lo que te permitirá asumir cuotas más reducidas y fáciles de pagar.
Es importante tener en cuenta que la quita de la hipoteca se realiza cuando el deudor no puede pagar la deuda, debido a una situación de dificultad económica. En estos casos, se puede negociar una quita de la deuda para que el capital que debas devolver sea más pequeño. Después de aprobar la quita, se volverá a hacer un plan de pagos que se calcula tomando como referencia el capital restante y que te permitirá determinar cuotas más pequeñas y fáciles de asumir.
Existen dos formas de conseguir una quita en la hipoteca: a través del Código de Buenas Prácticas bancarias y a través de la Ley de Segunda Oportunidad.
Código de Buenas Prácticas bancarias
El Código de Buenas Prácticas bancarias es un conjunto de medidas que han sido firmadas por la mayoría de bancos en España, cuyo objetivo es mejorar las prácticas bancarias y las relaciones entre bancos y clientes en momentos difíciles para estos últimos. Si te encuentras en una situación de dificultades económicas, puedes acogerte a este código y solicitar las medidas que establece.
Las medidas del Código de Buenas Prácticas bancarias se dividen en tres fases consecutivas:
Ley de Segunda Oportunidad
La Ley de Segunda Oportunidad está destinada a personas que se encuentran en una situación de endeudamiento crítico que no pueden asumir. Esta ley permite acogerse a un proceso de reestructuración de la deuda que puede incluir una quita en la hipoteca. Para solicitarla, es necesario presentar una solicitud de mediación ante un notario o el registro mercantil correspondiente.
Es importante destacar que la quita en la hipoteca no implica la cancelación total de la deuda, sino la eliminación de una parte de la misma. Por lo tanto, una vez que se ha acordado la quita, se establecerá un nuevo plan de pagos sobre el capital restante, con cuotas más bajas y fáciles de asumir para el deudor. Es fundamental que el deudor cumpla con el nuevo plan de pagos establecido, ya que en caso contrario se podrán tomar medidas legales para reclamar el pago de la deuda restante.
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La dación en pago debería ser la primera opción.
El banco debería de renegociar y bajar o quitar intereses igual como cuando no puedes pagar y rehipotecas y te suben lo que ellos quieren.( Ahora que bajen )
Lamentablemente la banca nunca peirde y si pierde se la rescata...de traka vamos!
El código de "buenas prácticas" es un auténtico engaño.
Primero tienes que cumplir unos requisitos, que cualquiera con salario mínimo hoy día los cumple.
Tanto la carencia como modificar plazos supone unos gastos que tienes que asumir, por lo que realmente vas a elevar el capital que te queda y además, te exigen no usar tarjeta de crédito ni pedir un crédito personal. Con lo cual si tienes un imprevisto te comes los mocos porque estas vendido y, encima, debes más.
¿Dónde está la buena práctica?
Esa novación la podría haber pedido yo sin tanta exigencia.
Son unos sinvergüenzas.
Los politicos a lo suyo con coca y prostitutas con dinero público.
Ahora si, cuando hemos tenido que salvar de la quiebra a la banca Española el primero en bajarse los pantalones era el Gobierno de turno pero a la hora de defender al ciudadano en una terrible crisis como la que nos afecta a todos por igual.....salvese quien pueda OTRA VEZ.....pues ahora el Gobierno lo que tendria que hacer es revertir todo ése dinero prestado a la banca en su momento y devolverlo en ayudas a los hipotecados en forma de reprocidad diria yo....pero en fin ésto va a ser nuevamente otro escarnio a los de siempre.....MIRAR HACIA OTRO LADO no nos ayuda en absoluto.