Si te equivocas en la declaración de la renta siempre puedes hacer una complementaria pero siempre es mejor hacerla bien y evitar líos, para ello la OCU recomienda revisar algunos puntos importantes.
Por un lado están los ingresos que se declaran por los inmuebles que no se tienen alquilados, teniendo en cuenta que el trastero y como máximo dos plazas de garaje adquiridos a la vez que la vivienda habitual no tributan. Verificar también que los rendimientos de los inmuebles declarados se imputan de forma correcta, porque a veces el porcentaje de titularidad en el borrador o el título de propiedad en los datos fiscales es incorrecto. En el caso de tener inmuebles alquilados, asegurarse que aparecen.
Por otro lado hay una serie de gastos de trabajo que se pueden incluir: cuotas sindicales, cuotas de colegios profesionales (cuando la colegiación sea obligatoria para desempeñar el trabajo) y, si es el caso, los gastos de defensa jurídica debidos a litigios de carácter laboral, aunque no haya pleito o procedimiento judicial.
Aquellos afortunados que puedan incluir en la declaración la deducción por el préstamo hipotecario de la vivienda habitual (algo posible solo para quien compró antes de 2013), la OCU recuerda que también se pueden añadir otros importes deducibles pagados en 2023, como seguros de vida y hogar incluidos en las condiciones del préstamo hipotecario que algunos bancos obligan a contratar para concederlo.
La compra de un coche eléctrico desde el 30 de junio de 2023 permite deducir el 15% del valor de compra sobre un máximo de 20.000 euros si cumplen algunos requisitos, por lo que la deducción máxima será de 3.000 euros. Se debe incluir en la declaración el precio, los gastos e impuestos pagados.
Quienes cobren rentas del trabajo, desempleo o pensiones pueden aplicar tres tipos de deducciones familiares:
Las trabajadoras por cuenta ajena o propia dadas de alta en la Seguridad Social o en una mutualidad, tienen derecho a deducir hasta 100 euros mensuales por cada hijo menor de tres años que dé derecho al mínimo familiar por descendientes, o por cada menor adoptado o acogido, sea cual sea su edad. Si no se ha solicitado el cobro anticipado, se puede incluir en tla declaración.
Los contribuyentes con hijos menores de 25 años que conviven en el domicilio familiar y que no obtienen rentas que superen los 8.000 euros anuales, pueden aplicar mínimos familiares por descendientes en la declaración de IRPF, pero no podrán si esos hijos presentan declaración de IRPF y declaran unos ingresos por todos los conceptos superiores a 1.800 euros.
Además de las estatales, existen deducciones autonómica que pueden ser diferentes en cada comunidad.
La organización de consumidores explica que para calcular la ganancia o pérdida de patrimonio en el IRPF por la transmisión, se resta del valor de transmisión el de adquisición. Pero, sobre todo, hay que tener en cuenta los gastos de ambas operaciones. Olvidarse de ellos es un error importante porque hacen que la ganancia sujeta al IRPF se reduzca. Además, la OCU aconseja conserva los justificantes de pago por si Hacienda exige que se demuestren.
Por otra parte, si el contribuyente ha vendido acciones durante 2023, en Renta Web está la aplicación ‘Cartera de Valores’, pero solo recoge información completa de las operaciones realizadas a partir del 1 de enero de 2018, tanto de compras como de ventas. Pero si las acciones vendidas se adquirieron antes de 2018, habrá que calcular la ganancia, indicando el valor de compra de cada uno de dichos títulos para poder declarar la pérdida o ganancia obtenida.
Si se han obtenido pérdidas o rendimientos del capital mobiliario negativos y por su cuantía no existe obligación de declarar, puede que interese hacerlo. «Si no se declaran, el contribuyente no podrá utilizar esas pérdidas para compensarlas con ganancias o rendimientos positivos en el futuro», señala la OCU.
Asegurarse de que los bienes están bien asignados e incluir en el borrador los importes de la pensión compensatoria pagada al excónyuge o las anualidades por alimentos pagadas a los hijos, si las hubiera, ya que pueden rebajar el impuesto a pagar.
Si se han recibido ayudas o subvenciones en 2023, por ejemplo por el plan MOVES para la adquisición de vehículos eficientes o cantidades percibidas por el bono social térmico, hay que incluirlas en la declaración de IRPF como ganancias de patrimonio.
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