Llevamos bastante tiempo con el lío sobre el plazo para reclamar los gastos de la hipoteca y hoy os traemos una buena noticia ya que la justicia europea ha extendido el plazo para hacerlo.
Recordemos que, en 2015, el Tribunal Supremo dictaminó, tras una demanda de la OCU, que era abusivo que los bancos cargaran a los clientes todos los gastos derivados de la formalización de las hipotecas. Posteriormente, en 2021, el mismo tribunal estableció que los bancos deberían pagar el 100% de los gastos de tasación, gestoría, registro, y la mitad de los notariales, siempre que se declare nula la cláusula que obligaba al cliente a asumir estos costos en solitario.
Inicialmente, los afectados tenían un plazo de cinco años a partir de la sentencia del Tribunal Supremo del 23 de enero de 2019 para presentar sus reclamaciones. Sin embargo, la pandemia y la consiguiente declaración del estado de alarma el 14 de marzo de 2020, llevó a la suspensión de los plazos legales, sumando 82 días naturales más. Esto significa que el nuevo límite para iniciar acciones legales es el próximo 14 de abril.
Pueden solicitar la devolución quienes firmaron su hipoteca antes de la entrada en vigor de la Ley hipotecaria en junio de 2019, asumiendo los gastos de gestoría, notaría, registro y tasación. Para las hipotecas firmadas después de esa fecha, los bancos ya han empezado a asumir estos costos.
Para realizar la reclamación, necesitarás un conjunto de documentos que te permitan demostrar que has abonado los gastos en cuestión: escritura de la hipoteca, factura de los gastos de notaría, factura de los gastos de gestoría, factura del registro de la propiedad, factura de la tasación del inmueble, justificante de pago de la comisión de apertura de la hipoteca y copia del DNI/NIE
Los pasos para reclamar tus gastos hipotecarios son simples y fáciles de seguir. Primero, recopila todas las facturas correspondientes a los gastos que abonaste al contratar tu préstamo hipotecario. Luego, reclama a tu entidad bancaria, preferiblemente por la vía extrajudicial. La entidad dispondrá de un plazo máximo de un mes para responder a tu solicitud. Si tu banco acepta, recibirás el importe. Si rechaza, podrás elevar tu queja al Banco de España. Si la respuesta siguesiendo negativa, puedes demandar a tu banco ante el juzgado de primera instancia que te pertoque. Si ganas el juicio, recibirás el importe de vuelta. Sin embargo, si pierdes, deberás hacerte cargo de los costes del proceso.
Muchos han sido los lectores que han llevado ellos mismos la reclamación ya que se trata de unas gestiones bastante sencillas, podéis aprender como hacerlas aquí.
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