Un banco tiene que devolver 20 años de intereses por una hipoteca nula

por Carlos Lopez

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Los abusos de los bancos con los hipotecados se terminan pagando, tal es el caso de un hipotecado de Palma quien recuperará todos los intereses pagados en los últimos veinte años gracias a una sentencia judicial que ha declarado nulo el contrato hipotecario que firmó en 2005. El Juzgado de Primera Instancia ha concluido que el contrato incluía una cláusula abusiva, concretamente la de vencimiento anticipado, lo que ha llevado a anular todo el acuerdo. Según el fallo, el hipotecado debe devolver el capital recibido, y el banco, todos los intereses. Esta decisión es especialmente beneficiosa para el cliente, que ya ha pagado gran parte del préstamo, mientras que la entidad bancaria es la que sale perdiendo al tener que reembolsar los intereses, aunque todavía puede apelar la sentencia.

Entre las diferentes cláusulas que los juzgados suelen revisar, la de vencimiento anticipado destaca por su particularidad. En este caso, la sentencia subraya que se trata de un abuso porque permitía al banco iniciar el proceso de ejecución hipotecaria y embargar la propiedad con un simple impago parcial, es decir, bastaba con que no se cubriera parte de una cuota para que el banco comenzara el procedimiento.

El Tribunal Supremo ya había señalado, tras varias decisiones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que esta cláusula es un elemento clave en una hipoteca. La lógica es que el préstamo se ofrece a un coste más bajo porque el banco cuenta con la garantía de un inmueble. Por lo tanto, si la cláusula de vencimiento anticipado no es válida, el contrato queda en el aire ante un impago. Habitualmente, los juzgados consideran que el impago de tres cuotas es suficiente para activar el embargo y un posible desahucio.

Lo común es que los juzgados, ante la anulación de una cláusula, la sustituyan por otra legal que permita mantener el contrato en vigor. Pero en este caso,el cliente solicitó directamente la nulidad total del contrato. El juzgado ha dado la razón al consumidor y ha declarado la nulidad completa del acuerdo: “Dada la voluntad del consumidor y tratándose de un crédito hipotecario, procede declarar la nulidad de todo el contrato, ya que afecta a una obligación que es fundamental en el negocio jurídico celebrado”, dicta la resolución.

Por ahora, son pocos los casos en los que se ha anulado por completo una hipoteca. En la mayoría de las situaciones, los tribunales prefieren imponer mecanismos que permitan mantener el contrato. El Tribunal Supremo todavía tiene pendientes varias decisiones en casos similares. La anulación total de la hipoteca es ventajosa para los consumidores que ya han amortizado gran parte del préstamo. Aunque deben devolver el capital restante, recuperan los intereses pagados, lo que, en la práctica, les permite haber obtenido el préstamo sin coste.

1 comenta

Joseramongn 3 septiembre 2024 - 12:51 PM

Con estas sentencias, los bancos van a pedir tantas garantías para cubrirse de estos riesgos, que no van a conceder ni una hipoteca. Entonces no se podrá comprar nada a crédito, ni casas, ni coches ….

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