Una jueza del Juzgado de Primera Instancia nº3 de Reus (Tarragona) ha emitido una sentencia que marca un precedente importante en la lucha contra las cláusulas abusivas en las hipotecas vinculadas al controvertido Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH). Según el fallo, emitido el pasado 24 de noviembre, la cláusula de cierre aplicada por CaixaBank no cumple con las exigencias de transparencia exigidas por la normativa de protección al consumidor y la jurisprudencia europea.
El caso, dado a conocer por la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), se centra en una práctica que ha afectado a miles de hipotecas tras la desaparición del IRPH Bancos y el IRPH Cajas en noviembre de 2013. La cláusula en cuestión permitía a las entidades bancarias convertir automáticamente el tipo de interés variable de la hipoteca a un tipo fijo, utilizando como base el último índice vigente antes de su desaparición.
Impacto económico de la cláusula de cierre
Asufin denuncia que esta transición unilateral a un tipo fijo tuvo consecuencias graves para muchos consumidores. Las hipotecas que anteriormente se regían por el IRPH Cajas pasaron a un tipo fijo del 3,94%, mientras que las ligadas al IRPH Bancos adoptaron un 3,267%. Esto ocurrió en un contexto donde el Euríbor, el índice más común para hipotecas variables, inició una tendencia descendente, alcanzando incluso valores negativos en los años posteriores.
La magistrada concluyó que el prestatario no pudo entender “realmente” las implicaciones económicas y jurídicas de esta cláusula, destacando que su falta de transparencia supone un incumplimiento de las normativas vigentes y genera un desequilibrio contractual relevante. La modificación impuesta contradice las expectativas legítimas del consumidor, quien había elegido un interés variable confiando en beneficiarse de posibles descensos en los índices de referencia.
El papel del TJUE en el horizonte
Esta sentencia llega en un momento importante, un día antes de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) vuelva a pronunciarse sobre el IRPH. En abril de 2023, el Juzgado de Primera Instancia nº8 de San Sebastián planteó 22 cuestiones prejudiciales al TJUE para determinar si el IRPH puede considerarse abusivo. La decisión del TJUE podría abrir la puerta a más reclamaciones por parte de consumidores afectados.
De confirmarse su abusividad, las entidades bancarias estarían expuestas a devolver cantidades significativas a los prestatarios. Mientras tanto, Asufin celebra el fallo de Reus como un paso clave en la defensa de los derechos de los consumidores, subrayando que refuerza la necesidad de garantizar un equilibrio justo y transparente en los contratos hipotecarios.