Solvencia económica y financiera, adecuado nivel de endeudamiento, capacidad de ahorro y estabilidad laboral son, en términos generales, los requisitos que exigían bancos y cajas a la hora de conceder un préstamo. En la actualidad, y debido a los altos índices de morosidad -que superan ya el 10%- , a esa lista de condiciones para la concesión de un préstamo personal se está añadiendo otra: contar con un aval que garantice el cobro del préstamo en caso de impago del titular.
El aval es un contrato que se realiza precisamente con el fin de garantizar o asegurar el cumplimiento de una obligación económica a través del compromiso de un tercero, que es a quien se conoce como avalista. A través de este contrato -que es de carácter público, es decir, se firma ante notario- quien avala se declara dispuesto a hacer frente a los compromisos que adquiere el avalado en caso de que éste no lo haga.
Es decir, se compromete de forma solidaria al pago del préstamo y tiene las mismas obligaciones que el titular del mismo respondiendo del cumplimiento de sus obligaciones con los bienes presentes y futuros según se contempla en el Artículo 1911 del Código Civil.
Éste es uno de los puntos quizás más desconocidos de quien decide asumir el difícil papel de ser avalista, pero no es el único. Es habitual que muchos avalistas desconozcan hasta dónde llega su compromiso cuando acceden a avalar a alguien y cuál es su papel en caso de que el titular del préstamo deje de pagarlo.
Cuál es el papel del avalista