Tras la caída de rentabilidad experimentada el año pasado por los depósitos, muchos clientes financieros se plantearon el cambio de sus ahorros hacia otros productos que ofreciesen mejores rentabilidades con perfiles de riesgo similar. Ello hizo que apareciesen con fuerza otra vez en el mercado de los productos de ahorro los fondos de inversión que, tras 5 años de caídas en la cifra de dinero que gestionaban, en el 2013 acabaron con un incremento neto del dinero que gestionan superior a los 20.000 millones de euros. Y dentro de estos productos los que destacaron sobre el resto fueron los fondos garantizados.
Esto nos hace pensar a primera vista que serán productos sustitutivos ya que, si el ahorrador que es usuario de los depósitos bancarios desvía su dinero hacia los fondos garantizados, es de pensar que los perfiles de riesgo son similares, los plazos parecidos, pero que ofrecen en estos momentos mejores rentabilidades.
Por eso es bueno que definamos ambos productos para ver similitudes y diferencias.
Los depósitos bancarios son productos en los cuales el ahorrador cede una cantidad determinada de dinero a la entidad financiera a un plazo determinado a cambio de que se lo devuelva llegado el final de dicho plazo con los intereses correspondientes.
Fondos garantizados son productos en los cuales los ahorradores depositan su dinero que se traduce en la compra de participaciones del fondo y que a un plazo determinado (vencimiento) la devolución del capital inicial está garantizada al 100%, pudiendo incluso contratarse fondos garantizados con rentabilidad garantizada.
En teoría las similitudes quedan claras: los dos garantizan al vencimiento la devolución del capital inicial, con lo cual se podría decir que son productos sin riesgo.
Si se opta por un fondo garantizado de capital y rentabilidad, aun se parecerían más a los depósitos bancarios.
Una diferencia en el concepto de riesgo se produce en el caso de quiebra de la entidad, ya que los depósitos están garantizados por el FDG mientras que los fondos no, los garantiza el patrimonio de la entidad propietaria del fondo solamente.
Los fondos invierten en diferentes activos con lo cual a la hora de escoger un fondo garantizado debemos de analizar en que se invierten nuestros ahorros, ya que la rentabilidad que podamos obtener va directamente en función del riesgo que posean los activos en los que invierte el fondo.
¿Qué ocurriría si nuestro fondo garantizado invierte en activos que al vencimiento han perdido valor y nuestra participación es del 10% menor que el dinero inicial que pusimos en el fondo? Nos deben de devolver el capital inicial y así ocurrirá. La diferencia radica entre ambos productos en que ese 10% que ha perdido el fondo nos lo devolverá ya que tenemos garantizado el capital inicial pero a efectos del IRPF será considerada una plusvalía y se tributará por ella.
La liquidez es otra diferencia entre ambos productos. Los depósitos admiten la cancelación antes del vencimiento con una penalización que por norma general solo afectará a los intereses devengados y no cobrados, con lo cual el capital se devolverá íntegro. En los fondos de inversión, salvo que haya ventanas de liquidez (cierto número de días al año que se pueden cancelar sin penalización), la cancelación implica que la garantía del capital inicial no se producirá con lo que puede que no nos devuelvan lo inicialmente metimos en nuestro fondo.
En ambos se puede recuperar el dinero inicial, pero en los depósitos probablemente nuestro dinero sea el inicial mientras que en los fondos esto no está garantizado.
Hasta aquí parece que la opción de los depósitos bancarios es mejor que la de los fondos garantizados, entonces ¿por qué se ha producido ese trasvase de ahorro de los primeros hacia los segundos en el último año?
Este ha sido debido a la limitada rentabilidad de los depósitos bancarios forzada por el Banco de España.
Los depósitos a largo plazo, plazo medio de 2-3 años, ofrecen un máximo del 2,75% TAE. Mientras, los fondos garantizados, de media a 4-5 años, están dando una rentabilidad superior. Si unimos el hecho de que en ambos el capital se garantiza al vencimiento, es lógico pensar que los pequeños ahorradores hayan dirigido las renovaciones de sus depósitos hacia fondos garantizados.
Y es que además de tener mayor rentabilidad poseen una ventaja fiscal. Los depósitos por ejemplo a tres años, si suponemos que los intereses se abonan al vencimiento, harán que los titulares incluyan los intereses en su IRPF tras la retención correspondiente. Mientras, si tenemos un fondo de inversión garantizado a 3 años, podemos cambiarlo de fondo sin problemas llegado el vencimiento y sin tener que tributar por la plusvalía. Los fondos permiten realizar un diferimiento impositivo que no lo permiten los depósitos.
Por último señalar una diferencia que tienen ambos también y que afecta a la rentabilidad y que es la de que mientras que los depósitos bancarios no poseen comisiones de ningún tipo, los fondos si las poseen, lo que juega en su contra. Eso ha hecho que las gestoras de fondos hayan reducido sus comisiones a lo largo del 2013 con la finalidad de que al final la rentabilidad neta que obtenga el cliente sea mayor y más atractiva que quedarse en los depósitos tradicionales.
Ambos son productos para perfiles de ahorradores que huyen del riesgo, pero mientras que los depósitos podríamos definirlos como productos cerrados, capital y rentabilidad, los fondos de inversión garantizados podemos verlos como productos en los que la rentabilidad varía en función de en qué invierte el fondo y, por lo tanto, más abiertos y más atractivos que los depósitos bancarios cuando están ofreciendo hoy en día rentabilidades mínimas.
José Luís del Campo Villares, iAhorro.com