De la semana pasada a esta cancelar o subrogar un préstamo hipotecario a tipo fijo contratado en el Banco Sabadell pasa de costar un 2,5% a un 4%.
La compensación por riesgo de tipo de interés es una comisión creada, juntamente con la compensación por desistimiento, por la Ley 41/2007. Es verdaderamente peculiar que con esta normativa, aplicable a los préstamos y créditos hipotecarios concertados a partir del 9/12/2007 por personas físicas sobre vivienda, se elimine la comisión por amortización total o parcial, para, a continuación, crear dos más (llamadas compensaciones).
La compensación por desistimiento se limita a un 0,5% del capital amortizado los 5 primeros años y un 0,25% en adelante.
La compensación de riesgo de tipo de interés no se limita, en cambio. En el caso que tratamos, para préstamos a tipo fijo, la cancelación subrogatoria y no subrogatoria, total o parcial, tiene un gravamen si supone una pérdida de capital para la entidad.
Si contratamos hoy con el Banco Sabadell una hipoteca de 200.000 euros a tipo fijo a 30 años al 6,50% y a los 6 años decidimos subrogarnos a otra entidad, si el banco pierde (lo cual con casi toda seguridad ocurrirá), nos cobrará:
- Un 0,25% sobre el capital pendiente, en concepto de compensación por desistimiento, (192.834 euros), es decir, 482 euros.
- Un 4% de compensación por riesgo de tipo de interés, sobre el capital pendiente, es decir, 7.713 euros.
En pocas palabras, si contratamos una hipoteca a tipo fijo y a los 6 años queremos subrogarnos o cancelar el préstamo, nos va a costar la friolera de 8.195 euros. Para pensárselo.