El mercado de distribución de fondos de inversión en España está representado principalmente por tres plataformas de distribución de fondos: Andbank, Selftrade, Costal Consor, Tressis y Allfunds. No obstante, Allfunds es claramente el actor dominante en el mercado institucional pues acapara el 98% de la cuota de mercado de distribución. Este dominio del mercado le permite tener una ventaja competitiva en la contratación de fondos, lo que implica una mayor capacidad para imponer las retrocesiones.
Las retrocesiones son aquellas comisiones que perciben la parte de comercialización y asesores financieros que se extraen de la comisión de gestión aplicada por la gestora. Estas retrocesiones implican un conflicto de intereses para el asesor o comercializador, pues tenderá a ofrecer aquellos fondos de inversión que retrocedan parte de la comisión y no aquellos fondos de inversión que mas adapten al perfil del cliente final.
En términos globales, el 90% de los fondos de inversión que se distribuyen en España son comercializados por grandes entidades bancarias, con una amplia infraestructura física, mediante una red de oficinas, que les permiten abarcar multitud de clientes. Es tal el poder desde la comercialización que de los 1.096 millones que ingresaron en comisiones de gestión entre enero y junio del año pasado, de las 101 gestoras registradas en la CNMV, el 65% del total es decir, 714 millones de euros, fueron a manos de los comercializadores.
Recientemente, ha habido un toque de atención desde la CNMV hacía la patronal bancaria, la Asociación Española de la Banca (AEB) en lo referente a cómo están vendiendo los fondos de inversión. Y es que la CNMV, mediante carta, comenta que «los distribuidores deben realizar su mejor esfuerzo para poner a disposición de sus clientes las clases más beneficiosas posibles».
Existe un proyecto muy interesante mediante una nueva plataforma de fondos de inversión que llevará a cabo BME, que competirá directamente con Allfunds y entraría a funcionar previsiblemente a finales de junio de este año. El valor añadido que ofrecerá esta plataforma es que no cobrará comisiones de distribución. No obstante, sí repercutirá aquellos gastos de servicio de registro en Iberclear y cobrará a las gestoras por tener listos sus fondos, mientras que los clientes podrán acceder a ellos mediante un intermediario, ya sea entidad bancaria, la sociedad o agencia de valores, al que pagarían por la contratación del fondo.
Para finalizar, tenemos la directiva MiFid II, que fue aprobada por el Parlamento Europeo en abril de 2014 y se espera que entre en vigor en enero de 2018 (si no hay nuevos retrasos). Uno de los aspectos más interesantes de esta regulación es que se prohíbe las retrocesiones, para aquél asesoramiento que se califique como independiente.