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Declaración censal

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La declaración censal es la declaración de comienzo, modificación o cese de actividad. Están obligados a presentarla todas las personas físicas y jurídicas que vayan a iniciar una actividad empresarial o profesional en el territorio español.Se realiza a través de la declaración censal de alta mediante los modelos 036 ó 037.

Plazos: Con anterioridad al inicio de la actividad.

Datos a comunicar:

  • Número de Identificación Fiscal (NIF).
  • Información relativa a las actividades económicas que se vayan a ejercer (alta en IAE).
  • Comunicación del régimen de IVA por el que opta: General o Especial.
  • Comunicación del régimen de IRPF por el que opta: Régimen de Estimación Directa (normal o simplificada) o Régimen de Estimación Objetiva.

Lugar de presentación:

  • Puede presentarse a través de la cumplimentación del impreso en la Administración o, en su defecto, Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria correspondiente al domicilio fiscal.
  • Si se posee DNI electrónico o certificado digital, se podrá realizar por vía telemática en la web www.aeat.es.

Cuando se produzca una variación de los datos de la declaración censal se deberá comunicar su modificación en el plazo de un mes desde el día siguiente a aquél en el que se hayan producido los hechos que determinan su presentación. Se utiliza el mismo modelo que para el alta, modelo 036 ó 037.

La baja o cese de la actividad empresarial, supone también a obligación de comunicación en el plazo de un mes desde la misma. Se utiliza igualmente el modelo 036 ó 037.

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