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Impuesto de Actividades Económicas

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El Impuesto de Actividades Económicas (IAE) es un tributo de carácter local y directo, que grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se ejerzan o no en local. Es obligatorio para toda sociedad, empresario o profesional.

Desde enero de 2003 están exentos del pago del IAE entre otros las personas físicas, y las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que realicen una actividad empresarial o profesional que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.

Ello no implica la obligación de presentar la declaración de alta del Impuesto.

Qué declaraciones hay que presentar:

  • Declaración de Alta: se presenta antes del transcurso de un mes desde el inicio de la actividad o durante el mes de diciembre inmediato anterior al año en que estén obligadas a tributar por dejar de cumplir las condiciones para disfrutar de una exención.
  • Declaración de variación: se presentan en el plazo de un mes, a contar desde la fecha en que se produjo la circunstancia que motivó la variación
  • Declaración de baja: se presentarán en el plazo de un mes desde que se produjo el cese o durante el mes de diciembre inmediato anterior al año en que dejen de estar obligados a tributar por haber accedido a una exención

Lugar de presentación: Administración o Delegación de AEAT correspondiente al lugar en que se ejerza la actividad.

Modelo de solicitud: la declaración de alta, modificación y baja del IAE, en caso de sujetos exentos del mismo, se realizará a través del modelo 036.

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