El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2018 ha quedado fijado en 735,9 €/ mensuales, lo que supone 24,53 €/ diarios.
En 2017, la cuantía del SMI fue de 707,7 €, esto significa una subida del 4%.
En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquél.
Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá la prorrata.
¿Qué es el Salario Mínimo Interprofesional?
El salario mínimo interprofesional fija la cuantía retributiva mínima que percibirá el trabajador referida a la jornada legal de trabajo, sin distinción de sexo u edad de los trabajadores, sean fijos, eventuales o temporales.
El valor que toma el SMI se fija cada año por el Gobierno, referido a 14 pagas, previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas. Para la determinación del mismo se tienen en cuenta factores como el IPC, la productividad media nacional alcanzada, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional o la coyuntura económica anual.
Año | Cuantía mensual | Incremento % |
2009 | 624 | 4.00% |
2010 | 633.33 | 1.50% |
2011 | 641.4 | 1.30% |
2012 | 641.1 | 0.00% |
2013 | 645.3 | 0.60% |
2014 | 645.3 | 0.00% |
2015 | 648.6 | 0.50% |
2016 | 655.2 | 1.00% |
2017 | 707.7 | 8,00% |
2018 | 735.9 | 4,00% |