Otra vez echaremos de menos una ley de huelgas

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La huelga anunciada en los aeropuertos, como es costumbre en fechas clave que comprenden Semana Santa y la mayor parte del verano, puede complicar las vacaciones de muchos y provocar notables pérdidas al sector turístico. Su solo anuncio ya perjudica, por mucho que el Ministerio de Fomento asegure estar dispuesto a “lo que sea” para evitarla. Y vuelve a surgir el interrogante de fondo: ¿existe debida proporción entre el daño potencial que pueden provocar los paros y los motivos que se esgrimen para convocarlos?

Una cuestión nunca del todo dilucidada es si el recurso a la huelga debe estar o no fundado en que exista amenaza o vulneración en materia de derechos legítimos de los trabajadores. Por decirlo de otra manera, si está justificado con carácter preventivo y por cualquier tipo de discrepancia... ¿o no? En este caso, el origen está en la oposición sindical a la entrada de capital privado en Aena, que el Gobierno ha limitado al 49 por 100, lo que convierte en incierto hablar de privatización.

Llamativo resulta, en todo caso, que varios dirigentes sindicales hayan aludido a la privatización como forma de conculcar derechos de los trabajadores de Aena: ¿qué temen perder por el hecho de que un empresario privado reemplace al Estado como patrón? Lo deberían concretar.

Lo más probable es que en los próximos días resurjan voces reclamando la necesidad de acometer una regulación del derecho de huelga, tal como manda la propia Constitución que lo avala. En particular en lo que se refiere a los servicios públicos o esenciales, superando una práctica de fijación de servicios mínimos demasiadas veces invalidados a posteriori por los tribunales, o incumplidos total o parcialmente por los designados. Hasta ahora, ningún gobierno ha consumado el cumplimiento de ese mandato, aunque es dilatada la lista de perjuicios que a empresas y ciudadanos ha tocado padecer por alteraciones e interrupciones en servicios de carácter público y monopolista.

Dejando aparte consideraciones, sigue chocando que un derecho –la huelga- se pretenda absoluto, sin sujeción, sumisión o contraparte suficientes para proteger el ejercicio de otros, como suele ocurrir con la mayoría de los demás.
 
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