Creo que el Fixing que cobra Cataluña Caixa podría ser ilegal

dardo

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Llevo tiempo dándole vueltas a este asunto, y creo que el fixing que cobra CX, tanto en la compra de Yenes para la cuota, como cuando se hace un cambio de divisa en la hipoteca, podría ser ilegal.

En mi escritura, e imagino que en todas, pone como cláusula que el fixing será el que marque CX, de forma unilateral, sin referencia a ningún índice ni nada.

Es decir, deja a la voluntad de una de las partes lo que se va a cobrar por este concepto. Esto va contra los principios de los contratos, donde no se puede dejar algo a la voluntad de una de las partes.

Más concretamente, el Real Decreto Legislativo 1/2007, Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras Leyes Complementarias, regula las cláusulas abusivas, a partir de su artículo 82.

Concretamente el artículo 85 de ese cuerpo legal dice que serán abusivas:

"3. Las cláusulas que reserven a favor del empresario facultades de interpretación o modificación unilateral del contrato, salvo, en este último caso, que concurran motivos válidos especificados en el contrato.

En los contratos referidos a servicios financieros lo establecido en el párrafo anterior se entenderá sin perjuicio de las cláusulas por las que el empresario se reserve la facultad de modificar sin previo aviso el tipo de interés adeudado por el consumidor o al consumidor, así como el importe de otros gastos relacionados con los servicios financieros, cuando aquéllos se encuentren adaptados a un índice, siempre que se trate de índices legales y se describa el modo de variación del tipo, o en otros casos de razón válida, a condición de que el empresario esté obligado a informar de ello en el más breve plazo a los otros contratantes y éstos puedan resolver inmediatamente el contrato sin penalización alguna.
"

En un inicio CX establecía un fixing de 1,3 puntos. Actualmente es de 1,8 puntos. Ha subido de forma unilateral 0.5 puntos. Si quisiera, según esa cláusula podría poner un fixing de 5 puntos o los que quisiera, sin que el consumidor pudiera decir nada.

A parte de ser un abuso, en mi opinión es una cláusula ilegal por abusiva, quien lo desee tiene argumentos para plantearlo en los tribunales si fuera necesario.

Saludos.
 

dardo

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Son cosas distintas, yo no digo que no sea legal poner un fixing, lo que digo es que no puede ser modificado unilateral y arbitrariamente, al menos en perjuicio del consumidor.

Otra cosa es que estuviera referido a un índice o algo similar, donde ya no está a voluntad del banco, sino del índice en cuestión. Unas veces ganaría el banco y otras el consumidor, por lo cual no habría abuso.
 

dardo

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Así es, si al firmar tu escritura de hipoteca te ponen un fixing muy elevado y lo aceptas pues ya lo conoces y te atienes a ello. Eso dice el BDE, que no hay límite.

Donde sí debe haber límite es en la modificación unilateral y arbitraria de ese fixing.
 
Así es, si al firmar tu escritura de hipoteca te ponen un fixing muy elevado y lo aceptas pues ya lo conoces y te atienes a ello. Eso dice el BDE, que no hay límite.

Donde sí debe haber límite es en la modificación unilateral y arbitraria de ese fixing.
Dardo, en el caso de los de Barclays ese fixin no está acordado en el contrato. Lo que sí está establecido es cómo calcular el interés entre períodos, para obtener el importe de la próxima cuota.

El tema está en que cuando el banco te coje Euros de tu CC normal para convertirlos en yenes y cubrir la cuota, lo hace al cambio que le sale de los huevos (el banco no va a desperdiciar la oportunidad de sajarte aunque sólo sea unos pocos euros).
Además te cobra una determinada cantidad por el "servicio" de cambio", en mi caso un 0'2% de lo cambiado con un mínimo de 9 euros que siempre terminan siendo 9 euros.

Dado que parte esencial de la hipoteca es el hecho de trabajar en moneda extranjera, se podría argumentar que cobrar ese servicio de cambio es injusto ya que no tengo más remedio que hacerlos para cubrir mi hipoteca, del mismo modo que no pueden cobrarte el coste de mantenimiento de la CC que utilizas para pagar la hipoteca.

Por otra parte se podría contra-argumentar que según el contrato hipotecario vengo obligado a depositar la cantidad en Yenes en Barclays al vencimiento del período y nadie me obliga a cambiar con ellos; de hecho, me he abierto una cuenta en yenes en la que no me cobran los gastos de mantenimiento pero claro al "echar yenes" en ella sí pago el diferencial más los 9 euros de comisión.

He llegado a plantearme sacar los euros en metálico e ir a una casa de cambios o convertirlos en otros bancos pero al final salgo perdiendo cantidades similares, y soy incapaz de fijar el cambio que me interesa porque los bancos no tienen yenes en metálico con lo cual hay que avisar el día anterior. Ahora, sólo por ver la cara de gilipollas que se le quedaría al director de mi sucursal de Barclays al ingresar un porrón de yenes todo en billetes pequeños valdría la pena...

Finalmente, señalar que el tipo de cambio es la cifra que "arbitra" la multidivisa, es decir, el resultado contra el que el banco y yo "apostamos" ya que en función de ese cambio yo pago más o menos euros cada mes. El hecho de que el banco "adultere" ese tipo de cambio, y siempre en su beneficio, sería una de las posibles causas de nulidad en una demanda.

¿Cómo lo veis vosotros?
 

dardo

Active Member
Dardo, en el caso de los de Barclays ese fixin no está acordado en el contrato. Lo que sí está establecido es cómo calcular el interés entre períodos, para obtener el importe de la próxima cuota.

El tema está en que cuando el banco te coje Euros de tu CC normal para convertirlos en yenes y cubrir la cuota, lo hace al cambio que le sale de los huevos (el banco no va a desperdiciar la oportunidad de sajarte aunque sólo sea unos pocos euros).
Además te cobra una determinada cantidad por el "servicio" de cambio", en mi caso un 0'2% de lo cambiado con un mínimo de 9 euros que siempre terminan siendo 9 euros.

Dado que parte esencial de la hipoteca es el hecho de trabajar en moneda extranjera, se podría argumentar que cobrar ese servicio de cambio es injusto ya que no tengo más remedio que hacerlos para cubrir mi hipoteca, del mismo modo que no pueden cobrarte el coste de mantenimiento de la CC que utilizas para pagar la hipoteca.

Por otra parte se podría contra-argumentar que según el contrato hipotecario vengo obligado a depositar la cantidad en Yenes en Barclays al vencimiento del período y nadie me obliga a cambiar con ellos; de hecho, me he abierto una cuenta en yenes en la que no me cobran los gastos de mantenimiento pero claro al "echar yenes" en ella sí pago el diferencial más los 9 euros de comisión.

He llegado a plantearme sacar los euros en metálico e ir a una casa de cambios o convertirlos en otros bancos pero al final salgo perdiendo cantidades similares, y soy incapaz de fijar el cambio que me interesa porque los bancos no tienen yenes en metálico con lo cual hay que avisar el día anterior. Ahora, sólo por ver la cara de gilipollas que se le quedaría al director de mi sucursal de Barclays al ingresar un porrón de yenes todo en billetes pequeños valdría la pena...

Finalmente, señalar que el tipo de cambio es la cifra que "arbitra" la multidivisa, es decir, el resultado contra el que el banco y yo "apostamos" ya que en función de ese cambio yo pago más o menos euros cada mes. El hecho de que el banco "adultere" ese tipo de cambio, y siempre en su beneficio, sería una de las posibles causas de nulidad en una demanda.

¿Cómo lo veis vosotros?
El que te cobren el fixing que les de la gana yo lo veo como cláusula abusiva, de forma clara, esa es mi opinión. Sería un argumento más si hubiera una futura demanda.

El que te cobren el servicio de cambio es legal, pues es un servicio que hacen. El que te cobren un mínimo quizás (sólo quizás) pudiera ser ilegal si no te ponen un máximo, algo similar a las cláusula suelo.

En cuanto a comprar yenes en otro sitio no habría ningún problema, yo antes de pasarme a euros abrí una cuenta en Yenes, y compré yenes a través de un broker (OANDA - Forex Trading and Exchange Rates Services | OANDA) que te cobra una comisión muy pequeña.

Esa "adulteración" en el tipo de cambio no sería ilegal en sí misma, siempre que no sea arbitraria, es decir, que tú pudieras conocerla de antemano, no como nos pasa a tí y a mí, que nos ponen el fixing que les da la gana. Para mí eso sería un pacto nulo, aunque de ahí a anular toda la hipoteca hay mucho recorrido.
 
En efecto, no lo propongo como cláusula de nulidad suficiente, pero sí me parece que en una demanda debería añadirse como una señal más de la indefensión del cliente, y el absoluto abuso de posición del banco (pudiendo aducir por lo tanto no igualdad entre las partes).
Este es el tipo de comentario legal que yo esperaba cuando puse mi comentario en el otro hilo, pero la cosa se fue de las manos (tal vez porque con la demanda ya puesta le disgustó ver que se la había "escapado" un posible argumento a su favor).

En cuanto al fixing, y viendo lo que tienes razón en varias cosa que dices, mi postura "legal" ha evolucionado: no puedo protestar del fixing mensual si éste está previamente establecido y es conocido por mi (y en cualquier caso nadie me obliga a cambiar con mi PB, soy libre de hacerlo con quien quiera), y lo mismo vale para los 9 euros fijos de coste del servicio de cambio. PERO si un día me decido a amortizar una parte sustancial, o ejerzo la cláusula multidivisa para cambiarme de moneda, o si consiguiera liquidar por completo la hipoteca, en esos casos creo que sí sería ilegal que me obligaran a aceptar un fixing no fijado por contrato hipotecario, mucho más ilegal aún obligarme a hacer el cambio de moneda con ellos.

Un saludo
 
Última edición:

Trigen

Member
Buenas noches,

Me he quejado a mi oficina de CX por el fixing que me han aplicado en la ultima compra de divisa.
Hoy me han contestado con un simple "el cambio ha aumentado y lo aplica el sistema automáticamente".

No me quieren decir el fixing aplicado, pero según mi calculo es del 2,65%.

¿Que defensa tenemos ante estas decisiones que toman unilateralmente?
¿Alguien con el mismo problema?
 
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