Jesus AT
Well-Known Member
Bueno pues. Como veo que damos bandazos con este tema y mucha gente se vuelve loca preguntando. Pues aquí esta. Si os parece bien para plantear cualquier duda... condiciones, funcionamiento.....
En mi caso para concedérmelo los pasos fueron:
1º hacer el test de idoneidad
2º Firmar el documento del midif (creo) punto 2 del primer post.
Una vez concedido en riesgos en mi caso.... y digo en mi caso.... porque a cada uno se ve que le hacen lo que quieren. Y por lo que me comentaron las oficinas son autónomas y por lo tanto pueden variar su operativa interna.
3º es gratis
4º es por 1 año
5º lo usas las veces que te de la gana con la limitación de:
Concretado el cambio se tiene que ejecutar si o si al vencimiento de la cuota. Entre medias ni: te puedes echar atrás, ni puedes ejecutar otra vez el seguro. ni nada de nada.
6º Una vez ejecutado al día siguiente si quieres lo ejecutas otra vez. No tienes limitación ninguna durante un año.
7º El único coste que tiene es la comisión por cambio de divisa, que en mi caso el día de la firma fué el 0,20%.... sobre el total de la deuda. Como vereis como para que encima nos cobren por hacerlo.
El seguro es por un año en BARCLAYS y cada entidad es un padre.Para no tener que renovarlo cada mes o cada vez que lo uses. Se ahorran papeleo y es una tontería hacerlo cada 2x3.
Ejecutarlo, bueno eso es otro error de la gente en general "no" te obligan a nada. La única obligacion para ejecutar un seguro es que tu decidas un cambio. Ese ya es inamovible y te lo tienes que comer para bien o para mal. Pero mientras no decidas un precio de cambio el seguro está como herramienta nada mas.
La operativa es sencilla, si te gusta un cambio pero no está cerca el vencimiento de tu cuota acuerdas con el banco el precio a fecha de hoy por ejemplo. Ese es el cambio que entrará en vigor el día de tu vencimiento.
Otra limitación es que solo se puede ejecutar 1 vez al mes o en su defecto 1 vez antes del vencimiento de la cuota. Una vez ejecutado/pagado cuota, esta otra vez disponible.
Saludos y suerte a tod@s sin excepción.
En mi caso para concedérmelo los pasos fueron:
1º hacer el test de idoneidad
2º Firmar el documento del midif (creo) punto 2 del primer post.
Una vez concedido en riesgos en mi caso.... y digo en mi caso.... porque a cada uno se ve que le hacen lo que quieren. Y por lo que me comentaron las oficinas son autónomas y por lo tanto pueden variar su operativa interna.
3º es gratis
4º es por 1 año
5º lo usas las veces que te de la gana con la limitación de:
Concretado el cambio se tiene que ejecutar si o si al vencimiento de la cuota. Entre medias ni: te puedes echar atrás, ni puedes ejecutar otra vez el seguro. ni nada de nada.
6º Una vez ejecutado al día siguiente si quieres lo ejecutas otra vez. No tienes limitación ninguna durante un año.
7º El único coste que tiene es la comisión por cambio de divisa, que en mi caso el día de la firma fué el 0,20%.... sobre el total de la deuda. Como vereis como para que encima nos cobren por hacerlo.
El seguro es por un año en BARCLAYS y cada entidad es un padre.Para no tener que renovarlo cada mes o cada vez que lo uses. Se ahorran papeleo y es una tontería hacerlo cada 2x3.
Ejecutarlo, bueno eso es otro error de la gente en general "no" te obligan a nada. La única obligacion para ejecutar un seguro es que tu decidas un cambio. Ese ya es inamovible y te lo tienes que comer para bien o para mal. Pero mientras no decidas un precio de cambio el seguro está como herramienta nada mas.
La operativa es sencilla, si te gusta un cambio pero no está cerca el vencimiento de tu cuota acuerdas con el banco el precio a fecha de hoy por ejemplo. Ese es el cambio que entrará en vigor el día de tu vencimiento.
Otra limitación es que solo se puede ejecutar 1 vez al mes o en su defecto 1 vez antes del vencimiento de la cuota. Una vez ejecutado/pagado cuota, esta otra vez disponible.
Saludos y suerte a tod@s sin excepción.
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