Al enervar tengo que pagar la modificacion ?

trempi

Member
Hola, como ya sabeis estoy en tramites de separacion con mi actual entidad (subrogacion) y me ha surgido la siguiente duda, en el caso de que mi actual entidad enerve, tengo que pagar la modificacion de la escritura ?

Gracias.
Un saludo.
 

Novato

Member
A mala leche, sí. Otra cosa es que llegues a un acuerdo con ellos y lo hagas con contrato privado. Pero puede que lo tengas que pagar.
 

trempi

Member
A mala leche, sí. Otra cosa es que llegues a un acuerdo con ellos y lo hagas con contrato privado. Pero puede que lo tengas que pagar.
Pero se puede firmar un contrato privada para toda la vida de la hipoteca o cada año hay que ir a negociar ?

Y hay alguna diferencia entre firmar un contrato privado o modificar la escritura ?
 

JIM1976

Member
NO, si ellos enervan y te presentan los gastos , tu les dices que ellos han decidido enervar de motu propio y que se tienen que hacer cargo de todos los gastos puesto que si no estarían faltando a la ley en defensa de los consumidores por falta de reciprocidad.

Es decir, ellos tienen todas las papeletas y tu ninguna, así que si optan por enervar tienen que asumir su decisión comercial.
 

trempi

Member
NO, si ellos enervan y te presentan los gastos , tu les dices que ellos han decidido enervar de motu propio y que se tienen que hacer cargo de todos los gastos puesto que si no estarían faltando a la ley en defensa de los consumidores por falta de reciprocidad.

Es decir, ellos tienen todas las papeletas y tu ninguna, así que si optan por enervar tienen que asumir su decisión comercial.
Ok, yo espero que no llegue el momento en que tenga que pelearme si enervan pero sino ya tengo respuesta.

Muchas gracias.
 

Enjuto

Member
Ha probado alguien a decir lo que dice el forero JIM1976.

Ya que me estoy oliendo que mi entidad va a enervar el cual me lo ha dicho muy feliz el muy ....

Pero me comento que en total de todos los gastos los tendría que pagar yo.

Un saludo
 

Gonzalo

Super Moderator
Haced caso a JIM,la cosa va en la dirección que él apunta.

Por completar,decir que no se está obligado a aceptarv la oferta de enervación del actual Banco,es decri,que te puedes quedar tal cual estabas amtes de comenzar con el proceso de subrogación.

Saludos(¿qué tal Jim?;))
 

Apollo

New Member
Buenas a todos,

Creo que me podéis orientar un poquito en mi caso ya que veo que estáis puestos en el tema de este hilo.
Yo tenía cita en Notaría para subrogarme a Ibanesto. Mi gestora de firma de Ibanesto me llamo 2 días antes para comunicar que mi entidad BBVA había comunicado ante Notario que enerva la OV. Ahora según la Ley Hipotecaría de Subrogación debo esperar 15 días naturales para que se pongan en contacto conmigo y me ofrezcan las condiciones de la enervación. Según me he informado con mi gestora de firma puede ocurrir que me igualen o mejoren únicamente el diferencial del Euribor y no me quiten la dichosa cláusula de suelo. Por otra parte, me comenta que podemos firmar si una vez transcurridos los 15 días no se ponen en contacto conmigo, pero deberíamos añadir una cláusula que dijera que dicha comunicación no me la han hecho en el plazo establecido y que sería responsable en caso contrario. Me comenta que está siendo práctica habitual del BBVA enervar la oferta vinculante y luego no ponerse en contacto con el cliente.

Que me podéis decir al respecto?
Si me llaman de BBVA tengo muy claro que voy a ponerlos de vuelta y media ya que fui de buenas a que me quitaran el suelo y me insinuaron la búsqueda de una OV para quitármelo, lo cuál no están obligados a quitarlo si quieren.
Si firmo con Ibanesto, que pasaría con la dichosa cláusula añadida. Me puede perjudicar en un futuro?
De todas formas deciros que vivida la mala experiencia con mi entidad prefiero deshacerme de ellos y olvidarme.

Gracias a todos.
 
Arriba