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Todas las líneas de financiación, desde las personales a las destinadas a la compra de un bien material conllevan una serie de comisiones que deberán tenerse en cuenta en al momento de su formalización. Hasta el punto de que pueden representar en su conjunto el 2 % o 3 % sobre el importe demandado. Estas son algunas de las penalizaciones más relevantes que tiene este producto bancario:
- Comisión de estudio: es la derivada por analizar la viabilidad de su concesión. Es decir, si sus demandantes tienen capacidad económica para devolverlo o no.
- Comisión de cancelación anticipada: es la más habitual de todas y tiene por objeto penalizar la supresión de la deuda en un plazo inferior al pactado con la entidad bancaria.
- Comisión de amortización anticipada: se aplica cuando el usuario desea amortizar parte de su capital antes de tiempo. Se abre la posibilidad que pueda llevar a cabo esta actuación, pero a cambio de abonar una tasa fija.
- Comisión de apertura: se pone en marcha en el momento de la concesión del préstamo y puede representar una cantidad fija o un porcentaje sobre el importe prestado.
- Comisión por cambio de contrato: pese a ser la más inusual de todas puede cargarse a la cuenta del cliente si este decide realizar una modificación sobre las condiciones del producto suscrito.
La mayoría de estas penalizaciones, si se aplican, tienen un gasto extra que oscila entre el 0,25 % y 1 %. Un importe que habrá que añadirlo al desembolso generado por los intereses del préstamo.
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