Dinero fácil, rápido y sin compromiso. Es el reclamo publicitario de las empresas que comercializan en España los mini préstamos. Créditos de baja cuantía -no suelen superar los 600 euros- que se conceden en pocos minutos y que se tramitan o bien por teléfono o bien por Internet.
La dificultad de acceso a la financiación que imponen en la actualidad las entidades bancarias ha llevado a muchas personas a fijar su atención en estas empresas de capital privado, cuya demanda ha crecido de manera exponencial en los últimos años en nuestro país. Se trata, sin embargo, de un producto arriesgado y que conviene evitar en la medida de lo posible.
Características de los minipréstamos
Al instante, sin avales, por internet o por SMS, éstas serían en términos generales las características más destacadas de los mini préstamos. Créditos de pequeña cuantía cuyo importe rara vez supera los 400 euros, aunque algunas empresas conceden hasta 600 euros y cuyo plazo de devolución puede ir desde 1 día hasta 30 ó 45 días.
Se eligen y se contratan, además, por Internet o por teléfono y la ausencia de envío de documentación adicional -como justificantes de ingresos- permiten que su aprobación o denegación sea casi inmediata.
Las empresas que conceden mini préstamos suelen ser bastante laxas en cuanto a los requisitos que exigen para su concesión de ahí que la mayoría de las personas que los solicitan los obtengan. Por lo general, los únicos requisitos que se solicitan son los siguientes:
- Ser mayor de 21 años.
- Tener una cuenta corriente o cuenta de ahorro y una tarjeta de débito asociada a la cuenta.
- No estar inscrito en un registro de morosos.
- Algunas empresas requieren tener la nacionalidad española o permiso de residencia en vigor.
- No piden justificantes de ingresos.
- No requieren avalista.
- No suelen exigir una situación laboral determinada.
- Se pueden conseguir, por supuesto, sin ser propietario de una vivienda, sin tener que hipotecar ningún bien e incluso estando en situación de desempleo.
- Algunas compañías requieren ser titular de un teléfono móvil.
Pero, ¿cómo funcionan estos minipréstamos?. La solicitud de dinero a través de estas empresas de capital privado es muy sencilla. Desde la propia página web de la compañía el cliente elige la cantidad que desea pedir y el plazo de devolución, cumplimenta un formulario con sus datos básicos y espera la respuesta. Ésta suele ser inmediata -aproximadamente unos 10 minutos-.
Si la operación es aceptada, el dinero se ingresa en la cuenta bancaria del cliente en apenas una hora. En caso de que la empresa rechace la solicitud de préstamo, no tiene obligación de informar al solicitante acerca del porqué de la negativa.
En cuanto a la devolución del préstamo es igual de sencilla: puede ser automática -el cliente tan sólo deberá asegurarse de tener dinero en la cuenta bancaria el día en el que cumple el plazo de devolución- o se puede realizar mediante una transferencia bancaria o ingreso en ventanilla.
Riesgos de los minipréstamos
Como ven se trata de “dinero fácil, rápido y sin compromiso”, pero, ¿es seguro?. Aunque en algunas ocasiones estos mini préstamos son el único recurso que queda para conseguir solventar un problema de liquidez puntual, ya que las entidades financieras tradicionales no suelen conceder adelantos tan pequeños, o piden justificantes de ingresos e incluso avales, si decide contratar uno de estos productos es recomendable que tenga muy claros cuáles son sus riesgos:
1.- Las empresas que los comercializan (Préstamo 10, Creditmóvil, Credito Pocket, Via SMS, Qué bueno, etc…) son empresas de capital privado y no entidades financieras, por lo tanto no gozan ni de la supervisión del Banco de Españani de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), aunque sí que están inscritas en el Registro Mercantil y reguladas por la ley.
Es importante no confundir estas empresas de capital privado con las entidades financieras o establecimientos de crédito que conceden lo que se conoce como préstamos rápidos (Cofidis, BIGBANK…). Aunque estos préstamos también tratan de dar respuesta a la necesidad de dinero urgente, tanto su importe, como su plazo de devolución y coste están más en línea de los préstamos personales que conceden bancos y cajas.
Evidentemente, tampoco hay que confundir los mini préstamos con los microcréditos, préstamos de pequeña cuantía a un tipo de interés más bajo que el de los préstamos al consumo y con plazos de amortización y periodos de carencia que posibilitan que la devolución del capital prestado se haga de una forma más holgada. Los microcréditos son concedidos por las cajas de ahorro y tratan de dar solución a los problemas de financiación de los más desfavorecidos.
2.- Los tipos de interés que aplican estos mini préstamos son muy elevados. Los honorarios (estas empresas no suelen utilizar el término intereses) pueden llegar a ser de hasta el 45% sobre la cantidad solicitada, aunque lo más habitual es que este rango se mueva entre el 22 y el 28% del importe solicitado, en concepto de comisiones y de gastos de gestión. Se trata sin duda de uno de los intereses más altos por solicitar un préstamo que hay en el mercado, muy por encima de los de los créditos bancarios (en la actualidad en torno al 9%) e incluso muy por encima de los intereses de las tarjetas de crédito (entre un 7 y un 13%)
3.- También se deben tener muy en cuenta los plazos de devolución de estos mini préstamos, ya que, al tratarse de periodos tan cortos de tiempo -como máximo 45 días- hay que tener la seguridad absoluta de que se podrá hacer frente al pago de la deuda más los honorarios (intereses) en un plazo tan breve de tiempo.
4.- En caso de impago, este tipo de créditos aplican una penalización por impago y mora muy elevada que se sitúa en torno al 20% del principal del préstamo. Además, en caso de producirse el impago, el cliente pasará a un fichero de morosos de manera casi inmediata.
Ya ven cuáles son los riesgos de estos mini préstamos, de ahí que la recomendación pase por utilizarlos sólo para obtener dinero en situaciones puntuales de falta de liquidez y cuando se tenga la seguridad absoluta de que se van a poder devolver en el plazo estipulado, pero en ningún caso deben convertirse en una fuente habitual de financiación por el coste elevado que conllevan.
En algunos países, incluso, se han observado altos índices de repetición en los solicitantes de este tipo de préstamos, lo que ha provocado que se haya limitado el número de mini préstamos que se pueden solicitar en un periodo determinado de tiempo.
¿Cómo están reguladas estas empresas en España y en el extranjero?
En España, estos contratos de mini préstamos se rigen por lo establecido en la Ley22/2007del11dejulio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores. Dicha ley tiene por objeto la incorporación al ordenamiento jurídico español de la Directiva2002/65/CEdelParlamentoEuropeo cuyo objetivo principal es la protección del consumidor, atendiendo a las especiales características de los servicios financieros.
Para tal fin se establece un régimen riguroso en cuanto a la información que deben recibir los consumidores antes de la celebración del contrato. De esta forma, el cliente debe conocer y debe aceptar las condiciones del mismo antes de su firma. Dicha información, además, se le tiene que proporcionar por escrito en cualquier soporte accesible a él.
En cuanto a las restricciones en el tipo de interés aplicado, en España se aplica la Ley Azcárate de 1908, sobre la usura. Conforme a esta ley será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que el crédito resulte leonino. Existiendo motivos, además, para estimar que el préstamo ha sido aceptado por el cliente a causa de una situación angustiosa.
La Ley Azcárate, sin embargo, no establece un tipo de interés concreto, sino un criterio a partir del cual se puede considerar que el interés es usura. En base a dicho criterio, en la actualidad, la jurisprudencia del Tribunal Supremo considera que los intereses que oscilan entre el 30 y el 40% son usurarios, aunque todo depende del caso en cuestión.
¿Qué ocurre en el resto de países?.
En el resto de países, los mini préstamos también se comienzan a regular como una manera de proteger al consumidor. En el Reino Unido son una industria en rápido crecimiento y el importe medio que se concede suele rondar las 300 libras esterlinas. En este país no existen restricciones en cuanto a los tipos de interés que se aplican pero las empresas que los comercializan están obligados a declarar por Ley cuál es la TAE que aplican.
En Estados Unidos,l os mini préstamos son legales pero tan sólo en 37 Estados, en los 13 Estados restantes están prohibidos. Cuando no están explícitamente prohibidos, las leyes que los prohiben son las de la usura. En Estados Unidos, además, y desde el 1 de octubre de 2007, una ley federal ha limitado los préstamos al personal militar con TAEs superiores al 36%.
En Australia también hay limitaciones en los tipos de interés máximo de estos préstamos. Así, por ejemplo, en los Estados de Nueva Gales del Sur y Queensland han impuesto un 48% de tasa máxima para los mini préstamos. Por último, en Canadá tienen un limite al tipo de interés del 60% anual, utilizando para ello la legislación contra la usura.