La defensa del ex presidente de la CEOE Gerardo Díaz Ferrán ha pedido al juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco que levante la prisión provisional bajo fianza de 10 millones de euros impuesta a su cliente, ante la inexistencia del riesgo de fuga y ante su “insolvencia” para hacer frente a la “multimillonaria” y “enorme” cuantía. “Nadie en España puede afirmar con un mínimo de rigor que sinceramente cree en una posible fuga del señor Díaz Ferrán”, sostiene.
El abogado y catedrático de Derecho Procesal, Nicolás González-Cuellar, ha presentado un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que solicita la puesta en libertad del empresario, una persona “con notorio arraigo familiar y social” en España que ha cumplido los 70 años de edad. “¿De verdad puede afirmarse con convicción que existe riesgo de que pueda ponerse fuera el alcance de la Justicia y se convierta en un fugitivo?”, se pregunta.
La solicitud llega cinco meses después de que el instructor de la ‘operación Crucero’ decretara el pasado 5 de diciembre el ingreso en prisión provisional del que fuera presidente de la patronal bajo una fianza de 30 millones, que fue posteriormente rebajada por la Sección Segunda de la Sala de lo Penal en la causa en la que se investiga el supuesto vaciamiento patrimonial del Grupo Marsans para evitar el pago a sus acreedores.
Tras considerar “infundado” el peligro de fuga esgrimido para mantener en prisión a su representado, la defensa subraya que ni “la relevancia social de la causa o del imputado” ni tampoco “la alarma social” constituyen motivos para sustentar esta medida cautelar.
CABEZAS DE TURCO PARA APACIGUAR LA IRRITACIÓN SOCIAL
“Resulta innecesario ahondar aquí sobre la necesidad de mantener el ámbito de las medidas cautelares procesales penales al margen de las expectativas de la opinión pública creadas por los medios de comunicación o generadas por determinados ‘comunicadores’ especializados en ofrecer ‘cabezas de turco’ con los que apaciguar estados de irritación social frente al devenir político y social del país”, expone.
La representación del ex dirigente de la patronal entiende que la prisión eludible bajo una fianza de 10 millones de euros se ha erigido en una suerte de “sanción anticipada” con el carácter de “auténtica pena ejecutada sin juicio y sin sentencia”. “Como resulta imposible que afronte la desmesurada fianza, de no remediarse por su señoría, permanecerá en prisión provisional a lo largo de todo el proceso, lo cual en realidad haría de por sí innecesario su enjuiciamiento”, advierte.
Tilda la tesitura en la que se encuentra Díaz Ferrán de “diabólica” habida cuenta de que es insolvente, según constata el Informe de la Administración Concursal, pero pesa sobre él una fianza de “enorme” cuantía, que sólo si fuera culpable podría pagar. “Sin embargo no lo es y carece de patrimonio oculto alguno”, remata.
PATRIMONIO COMO GARANTÍA DE LAS DEUDAS
En sus alegaciones, invoca al Informe de la Administración Concursal del concurso de acreedores de su representado en el que se pone de manifiesto que “su pasivo es superior a su activo”, de lo cual se infiere que carece de bienes que pueda ofrecer como garantía para eludir la cárcel.
A su entender, el hecho de que, según el informe, Díaz Ferrán pusiera su patrimonio personal como garantía de las deudas de sus empresas es “buena prueba” de que creía que las mismas podían superar las dificultades financieras que las atenazaban.
Finalmente, considera “indebidamente” valoradas las declaraciones que prestaron, en calidad de testigos, los testaferros de Ángel de Cabo, Jorge García Téllez y José Vicente Semper, por cuanto no se ha tomado en consideración lo favorable para su cliente, esto es, que fue una víctima más del engaño del liquidador de empresas y no cabría imputarle participación en delitos de blanqueo de capitales ni de alzamiento de bienes.
El abogado defensor solicita así al titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 la libertad sin fianza del fundador de Marsans y ve suficiente la imposición de comparecencias periódicas al Juzgado y la retirada del pasaporte en caso de que entienda que sigue existiendo peligro de fuga. Subsidiariamente, pide una fianza inferior a los 50.000 euros para eludir la prisión.