Una SICAV es una sociedad de inversión de capital variable, un tipo de Institución de Inversión Colectiva (IIC) que está regulada bajo la Ley 35/2003 y se utiliza para que los inversores se agrupen y obtengan los beneficios de invertir de manera colectiva. En España hay unos requisitos mínimos para tener establecida una SICAV, como un número de accionistas igual o mayor de cien, capital mínimo de 2.400.000 euros. Suelen darse supuestos en las que una de esas cien personas, tiene la mayoría del capital de la sicav y los demás accionistas, que están inscritos por requisitos regulatorios, son llamados popularmente como “mariachis” u “hombres de paja”.
Las SICAV tributan en el 1% bajo el impuesto de sociedades, un hecho que a muchos llama la atención porque puede parecer injusto, frente al impuesto de sociedades básico del 28% en España o bien para las pymes, del 25% al 0% de 300.000 euros de sus beneficios, para el resto el 30%. De este modo, las SICAVS se desmarcan fiscalmente. Al final de este artículo, veremos que esta baja fiscalidad hay que ponerla en conntexto para comprender lo que se lleva Hacienda y el inversor que está detrás de la SICAV.
Si comparamos las SICAVs con los Fondos de Inversión observamos algunas diferencias. En primer lugar, el capital de una sicav se distribuye en acciones, mientras que los fondos de inversión dividen el capital bajo participaciones. Las acciones de las sicavs cotizan en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB), mientras que los fondos de inversión no cotizan sino que se obtiene su valor liquidativo diariamente. Las SICAV pueden ser traspasadas de igual manera que cualquier fondo de inversión con una escepción: para invertir vía traspaso a una SICAV y así no tener que tributar, nunca habrá ninguna limitación. Pero para salir de una SICAV vía traspaso hacia otra SICAV o Fondo de Inversión para conservar las ventajas fiscales se deberán cumplir dos condiciones:
- El número de socios de la SICAV debe ser superior a 500 miembros.
- El contribuyente no puede haber participado en la SICAV en más de un 5% durante el año anterior.
En el supuesto de no cumplir alguna de estas dos condiciones, se deberá realizar un reembolso o venta de las acciones.