¿Quién puede acceder al alquiler social?
|Comenzamos con esta pequeña serie de artículos dedicados a una de las posibilidades que pueden surgir para aquellas personas cuya vivienda ha sufrido un proceso de ejecución hipotecaria, con el consiguiente desalojo o desahucio, nos referimos a la posibilidad del acceso a viviendas el régimen de alquiler social que, como ya vimos en los anteriores artículos, requiere de un proceso previo de solicitud a gestionar a través de las propias entidades financieras, pero en el que los informes de los servicios sociales cobran una importancia especial.
En este artículo queremos centrarnos en las condiciones que quien solicita el alquiler social deberá cumplir al efecto de poder acceder a dicha prestación.
En primer lugar se solicitara la justificación de unos ingresos familiares que se correspondan bien con tres veces menos que el indicador público de renta de efectos múltiples, en torno a los 1600 € mensuales, o bien no superar los 19.000 € de renta anuales.
Por supuesto otra de las condiciones reside en el hecho de que los solicitantes no podrán ser propietarios de ninguna vivienda.
Dentro del acceso a los alquileres sociales además de los elementos anteriores se exige a los solicitantes el cumplimiento de alguna de estas tres condiciones de vulnerabilidad, obviamente el cumplimiento de una de ellas sería suficiente para la solicitud, el cumplimiento de más de una apoyaría dicha solicitud al aumentar el nivel de riesgo de exclusión social.
Las citadas condiciones son; el hecho de constituir una familia numerosa, el hecho de pertenecer a una familia monoparental con dos o más hijos a cargo, o tratarse de una familia que bien posea un miembro con discapacidad superior al 33% o menor de tres años o en situación de dependencia que le incapacite para trabajar.
Dentro estas condiciones también se incluyen aquellas familias que posean en su seno a alguna víctima de violencia de género, así como también quienes se encuentran en situación de paro y han agotado las ayudas de desempleo siendo éste el motivo por el cual no han podido hacer frente a los pagos de la hipoteca situación que ha conllevado la ejecución hipotecaria.
Imagen Images_of_Money 2013 flickr creative commons